Resolución - Simple N° 217 - APRA/2023, 18/09/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 217/APRA/23
Buenos Aires, 12 de septiembre de 2023
VISTO: La Constitución Nacional, las Leyes Nacionales Nros. 24.051 y 25.675, el
Código Civil y Comercial de la Nación, los Decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nros.
2.407-PEN/83, 1.212-PEN/89 y 831-PEN/93, la Resolución de la Secretaria de Energía
de la Nación Nº 1.102/04 y la Resolución de la entonces Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sustentable de la Nación Nº 1.639/07, la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y las Leyes Nros. 123, 1.218, 2.214, 2.628, 6.117, 6.292
(textos consolidados por Ley N° 6.588) y 6.616, el Decretos Nros 138/08, 2.020/07 y
su modificatorio 104/23, 85/19 y su modificatorio 229/19, 463/19 y sus modificatorios, y
497/19, las Resoluciones Nros. 326-APRA/13, 81-GCABA- APRA/20, 67-GCABA-
APRA/21 y 174-GCABA-APRA/23, las Disposiciones Nros. 1.176-GCABA- DGEVA/20,
84-GCABA-DGEVA/22 y 428-GCABA-DGEVA/23, y los Expedientes Electrónicos
Nros. 17787534-MGEYA-APRA/14, 21886899-MGEYA-APRA/17, 24790723-MGEYA-
APRA/17 y 18191348- GCABA-APRA/19, y
CONSIDERANDO:
Que por el presente Expediente Electrónico N° 17787534-MGEYA-APRA/14 citado en
el Visto, tramita el recurso jerárquico en subsidio implícito en el recurso de
reconsideración interpuesto por la Sra MARIANA PAULA BULLA CUIT
27228897480, en su carácter de apoderada de la firma AXION ENERGY ARGENTINA
SA – CUIT 30506919009, con domicilio constituido en la Av Carlos María Della
Paolera N ° 265, Piso 19°, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incoado contra
la intimación efectuada por la entonces Gerencia Operativa de Residuos Peligrosos,
Patogénicos y Desechables dependiente de la entonces Dirección General Evaluación
Técnica de esta Agencia de Protección Ambiental mediante cédula notificada en fecha
20/11/14, a fin que inicie el procedimiento en el marco de la Ley Nº 2.214 (texto
consolidado por Ley N° 6.588) y la Resolución N° 326-APRA/13, respecto del
establecimiento sito en Av. Asamblea N° 1.502, de esta Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Artículo 26
establece al Ambiente como patrimonio común, así como el deber de preservarlo y
defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras;
Que la Ley N° 2.628 creó a la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica, con el objeto de proteger la
calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las
acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que de conformidad con el Artículo 3° de la precitada Ley, la Agencia de Protección
Ambiental tiene entre sus funciones y facultades: “Velar por el cumplimiento de las
normas en materia de regulación y control del ambiente de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires” y “Evaluar los estudios de impacto ambiental, llevando a cabo la
categorización correspondiente y otorgar los certificados de aptitud ambiental de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6709 - 18/09/2023

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