Resolución - Simple N° 123 - APRA/2023, 21/06/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
RESOLUCIÓN N.º 123/APRA/23
Buenos Aires, 14 de junio de 2023
VISTO: La Constitución Nacional, la Ley Nacional N° 25.675, la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley de Procedimientos Administrativos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las leyes Nros 6, 123, 1.218, 2.216, 2.628, 3.304,
6.292, 6.367, 6.099 y su modificatorio según la Ley N° 6.361 (textos consolidados
según la Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 138/08, 494/11, 85/19 y su modificatorio
229/19, 86/19, 463/19 y sus modificatorios, 497/19, 292/21 y 465/22, las Resoluciones
Nros 81-GCABA- APRA/20, 305-GCABA-APRA/19, 67-GCABA-APRA/21 y 185-
SECLYT/22, la Disposición N° 128- GCABA-DGEVA/23, los Expedientes Electrónicos
Nros. 25771276-GCABA-SSREGIC/19, 2180330- GCABA-DGEVA/21 y 12783427-
GCABA-MGEYA/22, 36412838-GCABA-DGCONTA/22 y
CONSIDERANDO:
Que por el presente Expediente Electrónico N° 12783427-GCABA-MGEYA/22 citado
en el Visto tramita el recurso jerárquico en subsidio del recurso de reconsideración
interpuesto por el Sr. JOSE NESTOR NIEVAS - CUIT 20122770312, con domicilio
constituido en la calle Adolfo Pedro Carranza N° 2.357, Planta Baja, de esta Ciudad, y
domicilio electrónico constituido nievasur.fabrica@gmail.com (nievasur@hotmail.com
según el Decreto N° 292/21), contra el Informe Técnico de Categorización N°
24174519-GCABA-DGEVA/21 de fecha 17/08/21 elaborado por la Subgerencia
Operativa Impacto Ambiental de Actividades y Proyectos dependiente de la Gerencia
Operativa Evaluación Impacto Ambiental de la Dirección General Evaluación
Ambiental, y notificado conforme constancia obrante mediante Informe N° 30434338-
GCABA-DGEVA/21 de fecha 06/10/21, en el marco del Expediente Electrónico N°
2180330-GCABA-DGEVA/21, por el cual se categorizó como de Impacto Ambiental
Con Relevante Efecto a la actividad Fabricación de productos químicos n.c.p.
(501.769)a desarrollarse por el recurrente en el establecimiento sito en la calle Adolfo
Pedro Carranza N° 2.357, Planta Baja, de esta Ciudad, con una superficie total de 170
m2;
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Artículo 26
establece al Ambiente como patrimonio común, así como el deber de preservarlo y
defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras;
Que, por su parte, la Ley N° 123 (texto consolidado según la Ley N° 6.588 B.O.C.B.A.
N° 6.517) en los términos del Artículo 30 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, determina los procedimientos técnico-administrativos de evaluación
ambiental;
Que mediante el Decreto N° 85/19 reglamentario de la precitada Ley, se designó como
Autoridad de Aplicación a la Agencia de Protección Ambiental o al organismo que en el
futuro la reemplace;
Que el Anexo II de la Resolución N° 67-GCABA-APRA/21, regula el procedimiento
relativo al otorgamiento de los Certificados de Aptitud Ambiental;
Que la Ley N° 2.216 (texto consolidado según la Ley N° 6.588 B.O.C.B.A. N° 6.517),
reglamentada por Decreto N° 86/19, establece las pautas para la regulación de las
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6644 - 21/06/2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR