Resolución N° 104/12

Provincia de Buenos Aires.

TESORERÍA GENERAL.

Resolución N° 104/12.

La Plata, 16 de mayo de 2012.

VISTO la Resolución Nº 173/12 del Ministerio de Economía, por la que se aprueban los términos y condiciones para la emisión del Séptimo Tramo de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2012, las Leyes Nº 13767 y 14331, los Decretos Nº 3260/08 y 3264/08, las Resoluciones Nº 214/11 y 52/12 de la Tesorería General de la Provincia, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 76 de la Ley Nº 13767 otorga a la Tesorería General de la Provincia la facultad de emitir Letras del Tesoro con la finalidad de cubrir deficiencias estacionales de caja por hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General;

Que el artículo 49 de la Ley Nº 14331 de Presupuesto del Ejercicio 2012 fijó en la suma de Pesos tres mil millones ($3.000.000.000) o su equivalente en moneda extranjera, el monto máximo de autorización para la emisión de Letras del Tesoro;

Que mediante la Resolución Nº 214/11 de la Tesorería General de la Provincia se aprobó un Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2012, que cuenta con un cronograma y establece los términos generales del mismo, por un monto máximo de hasta valor nominal pesos dos mil quinientos millones (VN $2.500.000.000) o su equivalente en moneda extranjera;

Que por Resolución 52/12 de la Tesorería General de la Provincia se amplió el monto del Programa de emisión de Letras del Tesoro por un monto de valor nominal pesos quinientos millones (VN $500.000.000) o su equivalente en moneda extranjera, totalizando el monto máximo del mismo la suma de valor nominal pesos tres mil millones (VN $3.000.000.000) o su equivalente en moneda extranjera;

Que por Resoluciones Nº 20/12, 28/12, 43/12, 54/12, 71/12 y 87/12 de la Tesorería General de la Provincia se emitieron los seis primeros tramos del Programa por un monto total de Valor Nominal pesos tres mil novecientos veinticinco millones treinta mil (VN $3.925.030.000); Que por Resoluciones Nº 25/12, 29/12, 26/12, 47/12, 30/12 y 60/12 de la Tesorería General de la Provincia se rescataron Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires por un monto total de Valor Nominal pesos setecientos setenta y un millones ciento veintiocho mil (VN $771.128.000); Que el artículo 49 de la Ley Nº 14331 determina que para el caso que el plazo de reembolso de las Letras que se emitan excedan el ejercicio financiero, se transformarán en Deuda Pública, para ello corresponderá cumplir con los requisitos fijados en el Título III de la Ley Nº 13767, ello en concordancia con lo previsto en el artículo 76 in-fine de la Ley Nº 13767;

Que el artículo 57 de la Ley Nº 13767 define que el Crédito Público se regirá por la citada Ley, su reglamentación y las leyes que aprueben las operaciones específicas;

Que por Resoluciones Nº 1 y 63 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación se otorgó la autorización pertinente en el marco del Régimen de Responsabilidad Fiscal establecido por la Ley Nacional Nº 25917 y su modificatoria Nº 26530 que fuera prorrogada para el Ejercicio 2012, y al que la Provincia de Buenos Aires adhiriera por las Leyes Nº 13295, 14062 y 14331;

Que por Resoluciones N° 100/12, 150/12 y 172/12 del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires se ha resuelto el registro contable como deuda pública de las Letras del Tesoro emitidas por los artículos 4º de las Resoluciones 43/12, 71/12 y 87/12 respectivamente de la Tesorería General de la Provincia, cuyo reembolso excede el Ejercicio Financiero 2012, por un monto total de valor nominal pesos seiscientos setenta y siete millones ciento diecisiete mil (VN $677.117.000); Que el inciso e) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, establece que el monto máximo de autorización citado se afectará por el valor nominal en circulación;

Que, consecuentemente, el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de la presente alcanza a la suma de Valor Nominal pesos dos mil cuatrocientos setenta y seis millones setecientos ochenta y cinco mil (VN $2.476.785.000); Que el inciso a) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, instituye que el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las respectivas condiciones financieras de emisión;

Que por ello mediante la Resolución Nº 173/12 del Ministerio de Economía, se han establecido los términos y condiciones del Séptimo Tramo del Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el ejercicio 2012 por un monto de hasta Valor Nominal pesos cien millones (VN $100.000.000); Que en particular el artículo 1º de la Resolución Nº 173/12 del Ministerio de Economía establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a cuarenta y dos (42) días con vencimiento el 28 de junio de 2012, por un monto de hasta Valor Nominal pesos treinta millones (VN $30.000.000); Que asimismo el artículo 2º de la Resolución citada precedentemente establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a ochenta y cuatro (84) días con vencimiento el 9 de agosto de 2012, por un monto de hasta Valor Nominal pesos treinta millones (VN $30.000.000); Que el artículo 3º de la referida Resolución establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a ciento sesenta y ocho (168) días con vencimiento el 1 de noviembre de 2012, por un monto de hasta Valor Nominal pesos veinte millones (VN $20.000.000); Que finalmente el artículo 4º de la referida Resolución establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a trescientos sesenta y cuatro (364) días con vencimiento el 16 de mayo de 2013, por un monto de hasta Valor Nominal pesos veinte millones (VN $20.000.000); Que en el día de la fecha se formalizó el proceso licitatorio de las Letras en cuestión;

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