Resolución Nº 3/GCABA/ISSP/15
Firmantes | De Langhe |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Instituto Superior de la Seguridad Pública |
Fecha de la disposición | 13 de Enero de 2015 |
VISTO:
Las Leyes N° 2.894, N° 2.895 y N° 2.947, el Decreto N° 391/GCABA/11, las
Resoluciones N°
207/SAISSP/14 y N° 252/ISSP/14, las Notas N°
18628761/PMCABA/2014 y N° 425625/SAISSP/15, el Expediente Electrónico N°
425835/MGEYA/SGISSP/15, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.894, fija las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
encomendando al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y
Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema, creando la Policía
Metropolitana y el Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que de acuerdo a lo previsto por la Ley N° 2.895, el Instituto Superior de Seguridad
Pública, se constituye como una instancia de apoyo a la conducción política del
Sistema Integral de Seguridad Pública, a través de la formación continua y
permanente de los actores involucrados, y la producción de conocimientos científicos y
técnicos sobre la seguridad;
Que el Artículo 7 de la Ley N° 2.895, estipula que la formación y capacitación en
general, tiende a la profesionalización y especialización del desempeño policial, de
acuerdo a la función específica de cada uno de los cargos que ejerciera el/la oficial a
lo largo de la carrera policial, el plan de formación y la capacitación se desarrollan
teniendo en cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño
eficiente del cargo;
Que la Ley N° 2.947, establece el Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana,
definiendo en él las particularidades atinentes al Estado Policial, los derechos, deberes
y prohibiciones, la estabilidad, la carrera profesional, los grados, designación de
cargos y entre ellos, los ascensos y promociones del personal con Estado Policial;
Que en tal contexto, el Artículo 21 de la ley supra citada, prescribe que la
reglamentación es la que regula los mecanismos de promoción y ascenso a un grado
superior dentro de la carrera profesional, detallando los requisitos a los que debe
ajustarse;
Que en ese orden de cosas, el Anexo del Decreto N° 391/GCABA/11, reglamentario
de la Ley N° 2.947, dispone en su Artículo 43 que los ascensos del personal se
producirán con el propósito de...
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