Resolucion Nº 0260 / 16 Tcp

Fecha de Entrada en Vigor14 de Abril de 2017
EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición 8 de Noviembre de 2016

RESOLUCION Nº 0260 / 16 TCP

SANTA FE, 31 de octubre de 2016

VISTO:

El Expediente Nº 00901-0074665-6 del Sistema de Información de Expedientes -Tribunal de Cuentas de la Provincia-; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la actuación referenciada, el Presidente del Organismo, en virtud de la autorización conferida por el Cuerpo Colegiado en Reunión Plenaria de fecha 21-06-2016, registrada en Acta Nº 1487 – Punto 17°), solicita a la Dirección General de Administración proceda a iniciar el procedimiento de ritual que concluya con la convocatoria destinada a la cobertura de tres (3) cargos Nivel VI – Subnivel I (Categoria escalafonaria 1 – Decreto 2695/83 t.o.) en Planta de Personal Permanente; ello, con el objeto de incorporar agentes en el marco de lo previsto por la Ley Provincial de Discapacidad N° 9325;

Que, a fs. 4 / 5 del Expediente Nº 00901-0075318-4 obra copia de Informe de fecha 28-10-16, mediante el cual la Dirección General de Administración informa la existencia de cargos vacantes y su correspondiente crédito presupuestario, para proceder al llamado a concurso de acuerdo al artículo 160º de la Ley Nº 12510;

Que, la cobertura de vacantes en la Planta de Cargos del Organismo debe realizarse en mérito a los antecedentes y a una prueba de oposición, escrito y/u oral, conforme con lo normado por el artículo 5º de la Resolución Nº 006/08 TCP y modificatorias, en orden a lo establecido por el artículo 198º de la Ley Nº 12510;

Que, que la cobertura de cargos vacantes en la Planta de Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia para personas con discapacidad, se rige por lo establecido en la Resolución N° 006/08 TCP, con las excepciones establecidas por Resolución N° 146/16 TCP;

Que, el presente procedimiento de concurso se realiza con encuadre en la mencionada ley de Discapacidad, que instituye un sistema de protección integral que tiende a asegurar que personas con capacidades diferentes tengan oportunidad de desempeñarse en la comunidad en un rol equivalente al que ejercen el resto de las personas, así como también conforme a la obligatoriedad impuesta por el artículo 8º de la citada Ley N° 9325;

Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3º de la Resolución Nº 006/08 TCP (texto sustituido por el artículo 2º de la Resolución Nº 224/16 TCP), el ámbito del llamado debe explicitarse en la Resolución de Convocatoria a

Concurso, siendo en este caso conveniente en razón del fundamento de la ley de Discapacidad en que se enmarca esta gestión, resolver el llamado a Concurso Abierto, esto es personal de este Tribunal de Cuentas, de otras jurisdicciones y/o escalafones de la Administración Pública Provincial y personas ajenas a los ámbitos mencionados (artículo 3º – Resolución N°006/08 TCP y modificatorias);

Por ello, y de acuerdo a las atribuciones conferidas por el artículo 200º, incisos d) y e) de la Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado; y a lo...

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