Resolucion 20/2008 - Mtess

Fecha de disposición16 Enero 2008
Fecha de publicación16 Enero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31324
ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución 19/2008

Apruébase el texto del Estatuto Social del Centro de Empleados de Comercio de Catamarca.

Bs. As., 11/1/2008

VISTO el Expediente Nº 1.088.218/04 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, su modificatoria por Ley Nº 25.674, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y CONSIDERANDO:

Que el CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CATAMARCA solicita la aprobación de la modificación parcial de su estatuto social, respecto a los artículos 23, 68 y 73.

Que la entidad suprime el texto del artículo 15 el que, sin modificación alguna, es redactado en el artículo 14 del estatuto, produciéndose la modificación de la numeración, sin afectarse el espíritu ni contendio de la norma.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución Nº 177 de fecha 15 de mayo de 1972 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL y se halla registrada bajo el Nº 1279.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad a que hace referencia el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988 considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88, no obstante lo cual prevalecerá esta normativa, de pleno derecho, sobre el estatuto en cuanto pudiere oponerse.

Que la entidad ha dado cumplimiento a las pautas ordenadas por la Ley 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que dada las modificaciones realizadas que alteran la numeración del articulado se hace necesario la aprobación íntegra del Estatuto Social y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7º, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1º

Apruébase el texto Estatuto Social del CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CATAMARCA, obrante a fojas 2/89 del Expediente Nº 1.183.406/06 agregado a fojas 142 del Expediente Nº 1.088.218/04 de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88. Ello no implica modificar los alcances de la Personería Gremial que le fuera oportunamente otorgada a la entidad por esta Autoridad de Aplicación.

ARTICULO 2º

Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la...

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