Resolucion 617/2008 - Mrecic

Fecha de disposición18 Abril 2008
Fecha de publicación18 Abril 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31387

Pico 18 a 23 hs.

Valle 23 a 5 hs.

Hs. Res. 5 a 18 hs.

Art. 2º

En coincidencia con el cambio de la hora oficial para el período estival establecido por la Ley Nº 26.350, a partir de la CERO (0) hora del 1º de enero y hasta la CERO (0) hora del 16 de marzo del 2008, los tramos horarios correspondientes a los períodos tarifarios mencionados como 'Pico', 'Valle' y 'Horas Restantes' en los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios, serán los siguientes:

Pico 19 a 24 hs.

Valle 24 a 6 hs.

Hs. Res. 6 a 19 hs.

Art. 3º

A los fines de la facturación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), cuando el cambio de horario produjese días de VEINTITRES (23) horas, se deberá considerar una hora de transacción nula, y, cuando produjese días de VEINTICINCO (25) horas se deberá considerar un día adicional con VEINTITRES (23) horas de transacción nula.

Art. 4º

Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Daniel Cameron.

Ministerio de Salud INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE Resolución 317/2008

Acéptase la renuncia presentada por el Presidente del Directorio.

Bs. As., 15/4/2008

VISTO el Expediente Nº 2002-4960/08-6 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Nº 24.193 y su modificatoria Nº 26.066, el Decreto Nº 1167 de fecha 5 de septiembre de 2006. y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud del dictado del Decreto Nº 1167/ 06 se procedió a la designación del DOCTOR D. Armando Mario PERICHON (D.N.I.

Nº 11.449.586) en el cargo de Presidente del Directorio del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI).

Que con fecha 14 de abril de 2008, el citado profesional ha presentado su renuncia al mencionado cargo.

Que corresponde aceptar la renuncia y en consecuencia encomendar al señor Secretario de Políticas, Regulación e Institutos, DOCTOR Carlos Alberto SORATTI, la realización de las gestiones necesarias para permitir la continuidad de las actividades del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI), con las facultades inherentes al cargo de PRESIDENTE del DIRECTORIO del citado Instituto, hasta tanto se efectúe la designación en dicho cargo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 45, inciso a) de la Ley Nº 24.193, modificada por la Ley Nº 26.066.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades, conferidas por el artículo 1º inc. c) del Decreto Nº 101 del 16 de enero de 1985.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1º

Acéptase la renuncia presentada por el DOCTOR D. Armando Mario PERICHON (D.N.I.Nº 11.449.586) al cargo de PRESIDENTE del DIRECTORIO del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI), organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, a partir del 14 de abril de 2008.

Art. 2º

Encomiéndase al señor Secretario de Políticas, Regulación e Institutos de este Ministerio, DOCTOR Carlos Alberto SORATTI (DNI Nº 6.306.074) la realización de las gestiones necesarias para permitir la continuidad de las actividades del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI), con las facultades inherentes al cargo de PRESIDENTE del DIRECTORIO del citado Instituto, hasta tanto se efectúe la designación en dicho cargo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 45, inciso a) de la Ley Nº 24.193, modificada por la Ley Nº 26.066.

Art. 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese. -- María G. Ocaña.

Secretaría General ADHESIONES OFICIALES Resolución 346/2008

Declárase de interés nacional el 'Segundo Encuentro Nacional de Educadores Cooperativistas y Mutualistas', organizado en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Bs. As., 18/3/2008

VISTO la Actuación del Registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 8128-08-1-3 por medio de la cual se solicita de declaración de interés nacional para el 'SEGUNDO ENCUENTRO NACIONAL DE EDUCADORES COOPERATIVISTAS Y MUTUALISTAS', y CONSIDERANDO:

Que la solicitud es presentada por el señor Coordinador Nacional del Grupo de Educadores Cooperativistas y Mutualistas, Profesor Benito Daniel URALDE, que impulsó, presentó y logró la inclusión del artículo 90 en la Ley Nº 26.206 de Educación Nacional, acerca de la Educación Cooperativa y Mutual, como política de Estado.

Que el precitado encuentro tiene como objetivo continuar el tratamiento de la problemática de la educación cooperativa y mutual en todos sus niveles en relación a las adaptaciones institucionales que implica esta nueva Ley de Educación Nacional.

Que el intercambio de experiencias provinciales, la adaptación curricular, la institucionalización orgánica de los educadores cooperativistas y mutualistas, entre otros, serán los temas a tratar, tal y como se iniciara en el encuentro de 2007.

Que la relevancia educativa y cultural del acontecimiento en cuestión redundará en una valiosa contribución a las políticas de Estado impulsadas, haciéndolo meritorio de la declaración solicitada.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE:

Artículo 1º

Declárase de interés nacional al 'SEGUNDO ENCUENTRO NACIONAL DE EDUCADORES COOPERATIVISTAS Y MUTUALISTAS', a desarrollarse en la Ciudad de Rosario,

Provincia de Santa Fe, el 29 de marzo de 2008.

Art. 2º

La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 -- SECRETARIA GENERAL -- PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º

Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Oscar I. J. Parrilli.

Secretaría General ADHESIONES OFICIALES Resolución 455/2008

Auspíciase a 'Agfund Premios 2008', a realizarse en la sede de la Cancillería Argentina.

Bs. As., 15/4/2008

VISTO el Expediente MRECC Nº 46886/2007, del registro del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, por el que tramita el auspicio oficial para el evento 'AGFUND PREMIOS 2008', y CONSIDERANDO:

Que se trata de un evento organizado por el Programa del Golfo Arabe de las Naciones Unidas para el Desarrollo (AGFUND), cuyo objetivo es premiar y distinguir los esfuerzos que se realizan a favor del desarrollo de emprendimientos productivos innovadores, y que al mismo tiempo, contribuyan al desarrollo humano sustentable en países en vías de desarrollo.

Que el propósito de establecer para el año 2008 la sede en Argentina es la exploración de nuevos horizontes de cooperación y desarrollo, tanto en nuestro.

país como en América Latina, dentro de un esquema de cooperación Sur Sur.

Que se trata de un acontecimiento que por sus contenidos y objetivos es merecedor de la solicitud impulsada.

Que el Ministerio d! Relaciones Exteriores,

Comercio Internacional y Culto ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 1º, inciso LL del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 2202/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE:

Artículo 1º

Otórgase el auspicio oficial de esta SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION para el evento 'AGFUND PREMIOS 2008' a realizarse el día 15 de abril, en la sede de la Cancillería Argentina.

Art. 2º

El auspicio otorgado por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º

Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Oscar I. J. Parrilli.

Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto SEGURIDAD INTERNACIONAL Resolución 617/2008

Medidas adoptadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas por medio de la Resolución Nº 1747/2007, referida a la República Islámica del Irán.

Bs. As., 9/4/2008

VISTO lo dispuesto por el Decreto Nº 1521 del 1 de noviembre de 2004, la Resolución Nº 494 de fecha 14 de marzo de 2007 y lo resuelto por el Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS en virtud de sus Resoluciones 1737 (2006) y 1747 (2007) relativas a la REPUBLICA ISLAMICA DEL IRAN, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1521/2004 estipula que las Resoluciones del Consejo de Seguridad que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las NACIONES UNIDAS que decidan medidas obligatorias para los Estados Miembros, que no impliquen el uso de la fuerza armada, y conlleven sanciones, así como las decisiones respecto de la modificación y finalización de éstas, serán dadas a conocer por este Ministerio.

Que mediante su Resolución 1737 (2006) el Consejo de Seguridad estableció un régimen de sanciones a la REPUBLICA ISLAMICA DEL IRAN.

Que mediante la Resolución Nº 494/2007, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO dio a conocer...

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