Resolución 739/2023

Fecha de publicación08 Septiembre 2023
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-76347528- -APN-DLA#MD del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, los Decretos Nros. 1189 del 17 de julio de 2012 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES entonces dependiente de la ex SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 23 de fecha 8 de septiembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Informe IF-2023-77153600-APN-DNPOD#MD de fecha 5 de julio de 2023 la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO OPERATIVO PARA LA DEFENSA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, solicitó una excepción a lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 1189 del 17 de julio de 2012, a los fines de tramitar la adquisición de lubricantes para el Sostén Logístico Antártico a los fines de ser utilizados en la Campaña Antártica de Verano 2023/24.

Que, en el referido informe, se indicó con mayor detalle que: “...dicho Comando tiene una serie de productos que, por razones de particularidad tales como las especificaciones técnicas y normas, indicadas en los Informes Técnicos que se adjuntan a este documento, deben ser adquiridos según lo recomendado por el fabricante. En tal sentido Y.P.F S.A no cuenta con productos que cumplan con las propiedades establecidas por los fabricantes según lo indicado en cada Informe Técnico (…) En razón de ello, de acuerdo a lo expresado en el Artículo 2º del Decreto 1189/12 (…) y teniendo en cuenta la necesidad de los bienes involucrados, y que los efectos no pueden ser provistos por YPF S.A., es que se solicita tenga a bien autorizar a esta SSPOYSLD, a adquirir los bienes detallados en archivos embebidos, por fuera de lo dispuesto en el Artículo 1 del decreto 1189/2012 del P.E.N, a fin de poder dar inicio a los trámites de adquisición correspondientes”.

Que, finalmente, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO OPERATIVO PARA LA DEFENSA puso de resalto que: “...La no disponibilidad de esta excepción, compromete las actividades previstas para la Campaña Antártica de Verano 2023/24”.

Que, mediante la Nota NO-2023-31429955-APN-COCOANTAR#EMCO de fecha 22 de marzo de 2023 del COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, se anexó la nómina de lubricantes requerida para solicitar la excepción correspondiente.

Que, mediante IF-2023-79538556-APN-DNCBYS#JGM se digitalizó el listado de productos ofrecidos por YPF S.A. como equivalentes y/o alternativas; así como también aquellos que no pueden ser...

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