Resolución 7/2021

Fecha de publicación15 Enero 2021
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS


Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2021

Visto el Expediente N° EX-2021-01947319- -APN-GA#ENARGAS, la Ley Nº 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1738 del 18 de septiembre de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 62 de la Ley Nº 24.076 determina, entre los recursos del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), la tasa de inspección y control creada por el Artículo 63, conforme lo allí dispuesto, cuya reglamentación por Decreto Nº 1738/92 prevé que los excedentes que puedan resultar de la ejecución presupuestaria sean asignados al ejercicio siguiente.

Que, de acuerdo con los Artículos 59 inc. e) y 61 de la Ley Nº 24.076, el ENARGAS debe formular su presupuesto anual de gastos y cálculo de recursos, el que se elevará a aprobación del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), para su posterior inclusión en el Proyecto de Ley Nacional de Presupuesto del ejercicio correspondiente.

Que, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, que comprende el presupuesto del ENARGAS, fue aprobado por la Ley N° 27.591 (B.O. 14/12/20) y será distribuido por Decisión Administrativa del Jefe de Gabinete de Ministros; siendo los recursos por Tasa de Fiscalización y Control para el presente Ejercicio de PESOS DOS MIL SETECIENTOS VEINTISEIS MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDÓS MIL VEINTIDÓS ($2.726.922.022).

Que, dicho ello, surge del Informe Nº IF-2021-02392568-APN-GA#ENARGAS y del Expediente del VISTO, que a fin de determinar la base de cálculo para el primer anticipo, la Gerencia de Administración consideró la información suministrada por la Gerencia de Desempeño y Economía ambas de este Organismo, mediante el ME-2020-67053995-APN-GDYE#ENARGAS, correspondiente a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge de los últimos Estados Contables, disponibles por esa Gerencia, de las Distribuidoras y Transportistas, presentados ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS Nº 1660/00 y Nº 163/95 y sus concordantes.

Que, a su vez, el referido Informe indica que se determinó, en forma provisoria, el excedente acumulado al año 2020 en PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS VEINTIDÓS ($ 144.941.722), por lo que, conforme lo dispuesto en la reglamentación del Artículo 63 de la Ley N° 24.076 por Decreto N° 1738/92 ya citado, corresponde su asignación al presente ejercicio, la cual se realizará en ocasión del Saldo Final de la Tasa de Fiscalización y Control 2021, correspondiendo aguardar la...

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