Resolución 1025/2009

Fecha de publicación14 Septiembre 2009
Fecha de disposición14 Septiembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31736

Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente de que se trata ha sido afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-).

Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en el considerando precedente por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que el artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 3/04, modificada por su similar Nº 1151/06, establece que para la equiparación de la remuneración con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de Planta Permanente de la jurisdicción sólo se considerará la especialidad o experiencia laboral acumulada por la persona a contratar derivada de servicios prestados en organismos de la Administración Pública Nacional,

Provincial y Municipal y organismos o entes públicos, incluso los prestados con carácter de 'ad honorem', relacionados exclusiva y directamente con las actividades, funciones, servicios o resultados a obtener mediante su contratación.

Que la agente en cuestión se encuentra exceptuada del cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, por haber presentado la documentación oportunamente.

Que la agente en cuestión ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 10 de enero de 2009 por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente acto, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.422.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido en el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por aprobado con efectos al 10 de enero de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2009, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, representado por el titular de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Amalia Beatriz VILLARROEL (D.N.I.

Nº 5.898.616) para desempeñar funciones de Asesora del Observatorio de Negociación Colectiva en la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de esta Jurisdicción, equiparada al Nivel A - Grado 10 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08) de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la SGP Nº 48/02.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.422.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -Aníbal F. Randao.

ANEXO I DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES Apellido y Nombre DOCUMENTO C.U.I.T.

TIPO DE LOCACION Función Rango INICIO TERMINO HONORARIO Tipo NUMERO MENSUAL TOTAL BELARDO,

Patricio DNI 26.205.167 20-26205167-7 SERVICIOS Coord.

Gral.

II 31 de octubre de 2008

31 de diciembre de 2008 $ 5.432,00 $ 11.045,06

TOTAL: $ 5.432,00 $ 11.045,06 reSolucioneS Secretaría General ADHESIONES OFICIALES Resolución 1023/2009

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