Resolución 615/2009

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición28 de Julio de 2009
ARTICULO 6º

Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido ARCHIVESE (PERMANENTE). -- Lic. JUAN G. MARIOTTO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.

e. 28/07/2009 Nº 61703/09 v. 28/07/2009 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 615/2009

Apruébase el texto del Estatuto Social de la Federación de Docentes de las Universidades - F.E.D.U.N.

Bs. As., 20/7/2009

VISTO el Expediente Nº 1.299.300/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modificatorias por Leyes Nros. 25.674 y 26.390;

Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y CONSIDERANDO:

Que la FEDERACION DE DOCENTES DE LAS UNIVERSIDADES - F.E.D.U.N., solicita la aprobación de la modificación de su estatuto social.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución Nº 256 de fecha 23 de marzo de 2006 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla registrada bajo el Nº 1686.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88, no obstante lo cual, prevalecerá esta normativa, de pleno derecho, sobre el estatuto en cuanto pudiere oponerse.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gremial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que dadas las modificaciones realizadas que alteran la numeración del articulado, se hace necesaria la aprobación íntegra del texto del estatuto de la entidad de autos y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

AVISOS OFICIALES Anteriores MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL RESOLUCIONES SINTETIZADAS Por Resolución Nº 2500 del 01/07/09, el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL (INAES), resuelve dejar sin efecto la designación del CPN Gregorio Alfredo PERDIGUERO (DNI Nº 8.097.841) como Liquidador del CLUB MUTUAL CONSEJO DE EDUCACION,

Matr. 114 de la Provincia de Tucumán. Asimismo, designa Liquidador en la citada mutual, al Dr. Jorge Eduardo ABDALA (D.N.I. Nº 24.845.033), de profesión abogado, quien ejercerá las facultades que el estatuto social y la legislación vigente confieren a los órganos directivos y de fiscalización y Asambleas de Asociados en estado de liquidación, de conformidad a lo establecido en la Resolución Nº 119/88-ex INAM y bajo las previsiones del Art. 15 de la Ley Nº 20.321. Los honorarios se encuadrarán exclusivamente y por todo concepto dentro del marco del convenio vigente entre este Instituto y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS-U.B.A., previa aprobación de la SECRETARIA DE CONTRALOR.Los gastos que genere la liquidación, inferiores a PESOS QUINIENTOS ($ 500,-), serán abonados por el Liquidador y reintegrados al mismo por el I.N.A.E.S., previa rendición de los comprobantes respectivos y aprobados por la Secretaría de Contralor.Los gastos superiores a dicho valor...

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