Resolución 587/2008

Fecha de disposición07 Enero 2009
Fecha de publicación07 Enero 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31567
ARTICULO 6º

Notifíquese a todos los oferentes al GRUPO OPERATIVO DE SERVIDUMBRES, a las Gerencias Intervinientes, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

e. 07/01/2009 Nº 28574/08 v. 07/01/2009 ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución Nº 587/2008

Bs. As., 29/12/2008

VISTO el Expediente Nº 14274 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, la Ley 24.076, su reglamentación por Decreto Nº 1738/92, los Decretos Nº 2255/92 y Nº 2457/92, y CONSIDERANDO:

Que con fecha 23 de diciembre de 2008, la Licenciataria TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. (TGN) presentó, ante la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES, una nota informando que se ha producido un deterioro en la ecuación económico-financiera que obedece --según la Licenciataria-- al efecto de la depreciación del peso sobre tarifas domésticas que permanecen fijas, combinado con una caída en los ingresos por transporte de exportación y con un incremento generalizado de los costos en pesos y en dólares.

Que por ese motivo expresa TGN que se ve en la necesidad de administrar sus recursos con el propósito de: (i) mantener la prestación segura y confiable del servicio público de transporte de gas natural a su cargo, tal como exige la Ley 24.076 y el artículo 10º de la Ley 25.561; (ii) preservar el principio de empresa en marcha, y (iii) asegurar la igualdad de trato a todos sus acreedores financieros.

Que sigue expresando que en ese contexto TGN se ve en la necesidad de postergar el pago a su vencimiento de las cuotas de capital e intereses correspondientes a sus obligaciones negociables simples, no convertibles, Series A y B (con cotización, generales y especiales).

Que en esa línea, señala que TGN decidió iniciar la elaboración de un esquema de deuda sustentable para proponerlo a los acreedores con miras a lograr una reestructuración del pasivo financiero.

Que expresa además TGN que prevé para el 2009 realizar inversiones del orden de $ 109 millones.

Que en razón de la presentación por parte de TGN de la nota mencionada ante la CNV, referenciada como 'Hecho Relevante', los profesionales del Organismo han elaborado el informe GDYE Nº 219 de fecha 29 Diciembre de 2008.

Que desde la privatización hasta el final de la Convertibilidad (período 1993-2001), TGN realizó inversiones por un valor de alrededor de U$S 1.013 millones de manera tal que puede afirmarse que la deuda financiera contraída por TGN representaba, a fines de 2001, el 60% de su monto total invertido.

Que su gestión financiera se caracterizó por utilizar principalmente financiamiento de terceros para financiar una porción sustancial de las inversiones en activos fijos, tanto a través de préstamos bancarios en moneda extranjera (sólo marginalmente en moneda nacional), como mediante la emisión de Obligaciones Negociables en los mercados de capitales nacionales e internacionales.

Que a diciembre de 2001 TGN presentaba un nivel de endeudamiento elevado y dolarizado en comparación con el resto de las empresas del sector, su ratio Deuda Financiera/Recursos Totales alcanzaba el 48,5% mientras que el promedio ponderado de la totalidad de las empresas gasíferas era del 38,8%.

Que desde el inicio de sus operaciones, TGN incrementó sistemáticamente su endeudamiento financiero durante cada uno de los ejercicios económicos, comportamiento que durante el año 1999 motivó que el ENARGAS le advirtiera sobre los riesgos asumidos al implementar dicha política de financiamiento.

Que el nivel de endeudamiento alcanzado por TGN le permitía una reducción de su WACC efectivo originado en el mayor peso del endeudamiento financiero respecto del contemplado en el cálculo de! WACC.

Que la diferencia entre el financiamiento propio (capital) y el financiamiento de terceros (deuda financiera) radica en que los acreedores poseen derechos prioritarios sobre los beneficios de las empresas mientras que el capital propio sólo tiene derechos residuales. Por esta razón, el capital propio es considerado más riesgoso que el endeudamiento y, en consecuencia, requiere un mayor retorno.

Que al producirse el fin de la Convertibilidad TGN debió declarar por primera vez, el default de su deuda financiera.

Que en efecto, durante el año 2002 TGN debió postergar el pago de sus obligaciones, situación que logró sanear cuatro años después al concretar el canje de su deuda financiera a fines de setiembre del año 2006.

Que como consecuencia de la ausencia de restricciones expresas en el marco regulatorio de la industria de gas respecto del régimen de financiamiento de las compañías reguladas, la política de financiamiento adoptada por las distintas empresas del sector se ajustó únicamente a la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales de Argentina y resultó decisión exclusiva de sus respectivos managements.

Que a principios de agosto del año 2006 TGN lanzó públicamente una oferta de canje de su deuda financiera en proceso de reestructuración.

Que a fines de agosto del mismo año, fecha de vencimiento de la oferta de canje, TGN obtuvo un nivel de aceptación del 99,94% sobre la deuda total sujeta a reestructuración. Posteriormente, a fines de setiembre, tras la firma de un Acuerdo Preventivo Extrajudicial (APE) con los acreedores aceptantes, TGN concretó el canje de su deuda financiera en forma privada sin requerir homologación judicial.

Que producido el canje, la conformación del capital social de TGN se transformó en: 40,80% de acciones clase A, 39,20% de acciones clase B y 20% de acciones clase C.

Que durante el período 1993-1997, TGN distribuyó dividendos por U$S 132 millones que representaron el 53% de sus utilidades acumuladas.

Que a partir de 1998, la escasa distribución de dividendos realizada por TGN no resultó consecuencia de un cambio...

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