Resolución 446/2020

Fecha de publicación10 Diciembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE


Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2020

VISTO: El expediente EX-2020-52758942--APN-DRI#MAD del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN, , la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto N° 438 del 20 de marzo de 1992), sus modificatorias y complementarias, la Ley General de Ambiente N° 25.675, la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de Residuos Domiciliarios N° 25.916 de, el Decreto N° 7 del 11 de diciembre de 2019, el Decreto N° 50 del 20 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.916 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de Residuos Domiciliarios establece, en su artículo 10°, que la disposición inicial de residuos domiciliarios deberá efectuarse mediante métodos apropiados que prevengan y minimicen los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población.

Que, en sus artículos 22° y 23°, la citada norma establece que el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA)- ámbito que a los fines de la mentada ley actuará como el organismo de coordinación interjurisdiccional- tendrá entre sus objetivos, consensuar políticas de gestión integral de los residuos domiciliarios, así como acordar criterios técnicos y ambientales a emplear en las distintas etapas de la gestión integral.

Que dicha ley establece en su artículo 24° que será Autoridad de Aplicación, en el ámbito de su jurisdicción, el organismo de mayor jerarquía con competencia ambiental que determine el Poder Ejecutivo Nacional.

Que, entre otras funciones, la Ley N° 25.916 le encomienda a la Autoridad de Aplicación la de proveer asesoramiento para la organización de programas de valorización y de sistemas de recolección diferenciada en las distintas jurisdicciones; fomentar medidas que contemplen la integración de los circuitos informales de recolección de residuos, y promover programas de educación ambiental.

Que, en el marco de sus competencias como Autoridad de Aplicación de la norma aludida, el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE busca impulsar políticas que promuevan la transición hacia un modelo circular de gestión de residuos, en el cual, teniendo como premisa la minimización y prevención en la generación, pueda optimizarse el uso de los materiales insertos en el mercado, para que permanezcan el mayor tiempo posible en el ciclo económico, y se aproveche al máximo su materia prima y potencial energético.

Que uno de los eslabones para cumplimentar dicho cometido y propiciar...

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