Resolucion 189/2008 - Se

Fecha de disposición17 Abril 2008
Fecha de publicación17 Abril 2008
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31386
Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, será atendido con cargo al CONVENIO DE PRESTAMO BIRF 7353-AR, según detalle obrante en el ANEXO II que integra la presente medida.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Alberto A. Fernández. -- Juan Carlos Tedesco.

ANEXO I MINISTERIO DE EDUCACION SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA CONVENIO DE PRESTAMO BIRF 7353-AR APELLIDO Y TIPO DE FUNCION Y MONTO MONTO NOMBRE C.U.I.T. CONTRATO RANGO DESDE HASTA MENSUAL TOTAL PALLADINO, LEONARDO 20-22235034-5 LOCACION DE CG - II 01/01/2008 31/12/2008 $ 5.432,00 $ 65.184,00

DARIO SERVICIO ZULIANI, ALEXIS 20-26347786-4 LOCACION DE A - III 01/01/2008 31/12/2008 $ 4.061,00 $ 48.732.00

GUILLERMO SERVICIO CLERICI, NELIDA 27-10848586-3 LOCACION DE A - II 01/01/2008 31/12/2008 $ 3.610,00 $ 43.320,00

YOLANDA SERVICIO CAVANAGH, MARIA 27-22483531-6 LOCACION DE A - II 01/01/2008 31/12/2008 $ 3.610,00 $ 43.320.00

INES SERVICIO TOTAL $ 200.556,00

ANEXO II MINISTERIO DE EDUCACION SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA CONVENIO DE PRESTAMO BIRF 7353-AR IMPUTACION PRESUPUESTARIA Pg Act I PP Pp Mon FF IMPORTE TOTAL 44 09 1 8 7 1 22 $ 200.556,00

TOTAL $ 200.556,00

Pg 44: Programa 44: Mejoramiento de la Calidad Educativa Act 09: Actividad 09: Mejoramiento del Sistema Educativo BIRF S/N I 1: Inciso 1: Gastos en Personal PP 8: Partida Principal 8: Personal Cont Pp 7: Partida parcial 7: Contratos Espec Mon 1: Moneda 1: Transacción en Moneda Nacional FF 22: Fuente de Financiamiento 22: Crédito Externo MINISTERIO DE SALUD Decisión Administrativa 103/2008

Dase por aprobado un contrato de locación de servicios.

Bs. As., 15/4/2008

VISTO los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 y sus modificatorios, 577 del 7 de agosto de 2003 y 149 del 22 de febrero de 2007 y el Expediente Nº 2002-1550/08-1 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la propuesta de excepción a las prescripciones del artículo 7º del anexo I del Decreto Nº 1184/01 y sus modificatorios, formulada por el citado Ministerio para contratar, con carácter de locación de servicios, a la Prof.

Da. Ana María SUPPA (DNI Nº 14.313.711).

Que por el Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las prescripciones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-).

Que el personal comprendido en la presente medida ha dado cumplimiento a los requerimientos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD para atender el gasto que demanda la contratación del personal comprendido en el Anexo I de la presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07, y por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Exceptúase al MINISTERIO DE SALUD de lo dispuesto por el artículo 7º del Anexo I del Decreto N° 1184/01 y sus modificatorios, al solo efecto de posibilitar la contratación de la Prof. Da.

Ana María SUPPA (DNI Nº 14.313.711).

Art. 2º

Dase por aprobado el contrato de locación de servicios celebrado entre el MINISTERIO DE SALUD y la persona citada anteriormente, por el término, función, rango y honorario mensual que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes asignados al MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Alberto A. Fernández. -- María Graciela Ocaña.

PLANILLA ANEXO I A LA DECISION ADMINISTRATIVA Nº APELLIDO Y TIPO Y Nº DE FUNCION Y RANGO DEDIC. HONORARIO NOMBRE DOCUMENTO DE MENSUAL IDENTIDAD SEGUN DEDICACION UNIDAD MINISTRO PERIODO DE CONTRATACION: 01/02/2008 al 30/06/2008

SUPPA, Ana María DNI 14.313.711 Coordinador General - I 100% $ 4.512. Secretaría de Empleo PROGRAMAS DE EMPLEO Resolución 189/2008

Apruébase el Manual Operativo para el seguimiento técnico de los proyectos correspondientes a la Red de Empresas 'Jóvenes con Futuro', destinados a jóvenes desocupados.

Bs. As., 8/4/2008

VISTO el Expediente del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1.247.358/2007, las Leyes Nº 22.520 de fecha 12 de marzo de 1992, Nº 24.013 de fecha 13 de noviembre de 1991 y sus modificatorias, Nº 26.204 de fecha 13 de diciembre de 2006, el Decreto Nº 628 de fecha 13 de junio de 2005, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 638 de fecha 9 de agosto de 2005, la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 100 de fecha 21 de febrero de 2007 y Nº 530 de fecha 10 de septiembre de 2007, el Convenio del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 164 de fecha 20 de diciembre de 2006, y CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº 24.013 y sus modificatorias se facultó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para implementar programas y acciones destinados a trabajadores que presenten dificultades de inserción laboral, en particular los jóvenes desocupados.

Que la Ley de Empleo estableció que los programas y acciones tomarán en cuenta la situación de los beneficiarios y el carácter del trabajo como factor de integración social e incluirán entre sus medidas la capacitación y orientación profesionales prestadas en forma gratuita y complementadas con otras ayudas económicas cuando se consideren indispensables.

Que por el artículo 83 de la Ley 24.013, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL tiene facultades de creación, administración y sostenimiento de programas de empleo para jóvenes desocupados.

Que en el marco de la Responsabilidad Social Empresaria el MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL suscribió el Convenio Nº 164 de fecha 20 de diciembre de 2006 con Empresas del Sector Privado y Cámaras Empresarias para conformar LA RED DE EMPRESAS 'JOVENES CON FUTURO', en adelante la RED.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Empresas Privadas y las Cámaras Empresarias que integran la RED, coordinarán el desarrollo de acciones previstas en los programas vigentes y los que en el futuro se dicten, destinados a la promoción laboral de jóvenes de ambos sexos, entre DIECIOCHO (18) Y VENTICUATRO (24) años,

RESOLUCIONES Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.386 12Jueves 17 de abril de 2008 procedentes de hogares de bajos ingresos, desocupados, que encuentren dificultades de acceso a un empleo por no haber completado sus estudios secundarios, no contar con una formación profesional acreditada y no tener experiencia laboral significativa.

Que la RED tiene como objetivos generar oportunidades de inclusión social y laboral de jóvenes a través de prácticas formativas en ambientes de trabajo que les permitan la adquisición de habilidades básicas y competencias requeridas para desempeñarse en el ámbito laboral y promover la inserción de los jóvenes con mayores dificultades de acceso al empleo.

Que por Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 530/07 se reglamentó el procedimiento para la tramitación de los proyectos correspondientes a la RED DE EMPRESAS 'JOVENES CON FUTURO'.

Que por Resolución del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL Nº 638/ 05 se creó la Coordinación de Seguimiento Técnico, Supervisión y Fiscalización en el ámbito de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo, dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO.

Que la Coordinación de Seguimiento Técnico, Supervisión y Fiscalización tiene por objetivo el seguimiento técnico, la supervisión y la fiscalización de los planes, programas y acciones vinculados a las temáticas del empleo y la formación profesional.

Que evaluadas las razones de oportunidad y conveniencia de realizar en forma expresa y concreta acciones de seguimiento, supervisión y fiscalización de los proyectos aprobados en el marco de la RED...

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