Resolución 373.

Fecha de disposición11 Abril 2016
Fecha de publicación11 Abril 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 373/2016

Bs. As., 28/03/2016

VISTO el Expediente N° E-3092-2016 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-79955-2014 se tramitó la Licitación Pública N° 137/2014 llevada a cabo para el alquiler de autoelevadores para los depósitos dependientes de este Ministerio, emitiéndose la Orden de Compra N° 246/2015, a favor de la firma CARBONE AUTOELEVADORES S.A., por un periodo de doce (12) meses, con opción a prórroga a criterio de este Ministerio, por un período similar al originalmente contratado.

Que la Coordinación de Monitoreo de Depósitos solicita prorrogar la Orden de Compra aludida a partir de su vencimiento, por un periodo igual al originalmente contratado.

Que consecuentemente se procede a realizar la prórroga solicitada en el considerando precedente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 140 del 16 de Diciembre de 2015 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL

DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°

Prorrógase a partir de su vencimiento, Orden de Compra N° 246/2015 emitida a favor de la firma CARBONE AUTOELEVADORES S.A., correspondiente a la Licitación Pública N° 137/2014, en la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($ 2.952.000.-), por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2°

Atiéndase la erogación total...

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