Decreto 893/2012

Fecha de disposición07 Junio 2012
Fecha de publicación14 Junio 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 7/6/2012

VISTO el expediente Nº CUDAP:EXP-JGM: 0059734/2010 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Delegado Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto, el PODER EJECUTIVO NACIONAL instituyó el REGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, en ejercicio de facultades delegadas por la Ley Nº 25.414 para determinadas materias de su ámbito de administración y resultantes de la emergencia pública, tendientes a fortalecer la competitividad de la economía o a mejorar la eficiencia de la Administración Nacional.

Que por el artículo 39 del Decreto Delegado Nº 1023/2001 y sus modificaciones se estableció que el PODER EJECUTIVO NACIONAL debía dictar la reglamentación de ese cuerpo normativo, disponiendo que hasta entonces regirían las reglamentaciones vigentes.

Que no habiéndose dictado dicha reglamentación, resultó de aplicación el reglamento aprobado por el Decreto Nº 436/2000.

Que la aludida situación normativa resultó en diversos casos contraria al objeto que deben cumplir las contrataciones públicas en relación con el propósito de incrementar la competitividad global de la economía nacional y de los principios que deben regir los procedimientos de selección del contratista estatal.

Que asimismo la situación expuesta generó diversas problemáticas de hermenéutica jurídica.

Que resulta imperioso a los fines de dar cumplimiento a la manda legal establecida en el artículo 39 del Decreto Delegado Nº 1023/2001 y sus modificaciones, reglamentar el REGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL establecido por el Decreto Nº 1023/2001 y sus modificaciones.

Que asimismo es menester reglamentar dicho cuerpo normativo para coadyuvar al desempeño eficiente de la Administración y al logro de los resultados requeridos por la sociedad en materia de transparencia y de lucha contra la corrupción.

Que es prioridad introducir en dicha reglamentación tratamientos diferenciados para cada tipo de procedimiento de selección del contratista estatal, así como reglamentar nuevas modalidades de contratación y fijar reglas claras y precisas, a los fines de fortalecer y profundizar la eficiencia, la eficacia, la economía, la sencillez y la ética en la gestión de las contrataciones estatales.

Que asimismo es menester incorporar en la reglamentación herramientas para que los nuevos conocimientos, metodologías y tecnologías se internalicen y utilicen de manera intensiva.

Que, a los fines de dotar a la norma que se dicta de una amplia base consensual, se hicieron una serie de consultas y relevamientos, a través de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE...

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