Resolución 355/2020

Fecha de publicación05 Octubre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE


Ciudad de Buenos Aires, 01/10/2020

VISTO: El expediente EX-2020-26741513--APN-DRI#MAD del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN, el artículo 41 de la Constitución Nacional, la Ley Nº 23.922 aprobatoria del Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, la Ley Nº 24.051 sobre Residuos Peligrosos, su Decreto Reglamentario Nº 831 del 3 de mayo de 1993 y normativa complementaria, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto Nº 438 del 20 de marzo de 1992), la Ley Nº 25.670 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la gestión de PCB, su Decreto Reglamentario Nº 853 del 6 de julio de 2007 y normativa complementaria, la Ley General de Ambiente Nº 25.675, la Ley Nº 26.011 aprobatoria del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, el Decreto Nº 504 del 23 de julio de 2019, el Decreto Nº 7 del 11 de diciembre de 2019, el Decreto Nº 50 del 20 de diciembre de 2019, la Resolución SAyDS Nº 840 del 9 de octubre de 2015, la Resolución SAyDS Nº 522 del 4 de junio de 2014, y la Decisión Administrativa MAyDS Nº 262 del 2 de marzo de 2020.

CONSIDERANDO:

Que la gestión ambientalmente racional de los bifenilos policlorados (PCB) a nivel nacional resulta una cuestión de primordial importancia para la República Argentina, a fin de evitar que tales contaminantes afecten o interfieran con el derecho de todos los habitantes a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, reconocido por el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que el 16 de diciembre de 2004 se sancionó la Ley Nº 26.011, aprobatoria del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs), adoptado el 22 de mayo de 2001, estableciendo entre otras obligaciones, eliminar el uso de los equipos contaminados con PCB antes de finalizar el año 2025, y realizar esfuerzos destinados a lograr una gestión ambientalmente adecuada de los desechos y equipos contaminados con PCB tan pronto como sea posible, pero a más tardar en el año 2028.

Que con fecha 23 de octubre de 2002 se sancionó la Ley Nº 25.670 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión y Eliminación de PCB, estableciendo, en relación con los aparatos que contienen PCB, un plazo hasta 2005 para la presentación de programas de eliminación o descontaminación, y determinando el año 2010 como límite para la descontaminación de aquellos aparatos en operación; cuestiones que no han sido cumplimentadas en su totalidad en los términos precisados.

Que aún vencidos los aludidos plazos, la ley continúa vigente y, por tanto, resulta plenamente exigible por parte de la Autoridad de Aplicación y las Autoridades Competentes.

Que la Ley Nº 25.670 creó el Registro Nacional Integrado de Poseedores de PCB, disponiendo que este reunirá a los registros locales existentes hasta la fecha, y que su administración será ejercida por la Autoridad Ambiental de mayor nivel jerárquico a nivel nacional, hoy el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN.

Que su Decreto Reglamentario Nº 853 del 4 de julio de 2007 dispuso que, en principio, los poseedores de PCB deberán tramitar su inscripción ante los registros de las jurisdicciones locales, salvo que estos no hubiesen sido constituidos, o que no existan convenios para el establecimiento de mecanismos de coordinación y deberes de información recíprocos entre la jurisdicción local respectiva y la Autoridad Nacional de Aplicación, en cuyos casos los poseedores de PCB deben tramitar su inscripción directamente ante el Registro Nacional Integrado de Poseedores de PCB.

Que con posterioridad a la sanción de la Ley Nº 25.670, y dos años antes de su reglamentación, se dictó la Resolución Nº 313/2005, modificada por Resolución Nº 1677/2005, ambas del entonces MINISTERIO DE...

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