Resolución 301.

Fecha de disposición13 Julio 2016
Fecha de publicación13 Julio 2016
MateriaDerecho de las Nuevas Tecnologías
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 301/2016

Bs. As., 06/07/2016

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-SEG N° 0003890/2016 del Registro de este Ministerio, las Leyes N° 22.520, N° 23.283, N° 23.737, N° 25.363 y N° 26.045; los Decretos N° 1161, de fecha 6 de diciembre del 2000; N° 13, de fecha 10 de diciembre de 2015; N° 15, de fecha 5 de enero de 2016; N° 342, de fecha 12 de febrero de 2016; la Decisión Administrativa N° 61, de fecha 15 de febrero de 2016; y las Resoluciones SEDRONAR N° 1572, de fecha 16 de febrero de 2010; N° 1797, de fecha 2 de diciembre de 2011; N° 611, de fecha 27 de mayo de 2010; N° 889, de fecha 19 de diciembre del 2012; N° 160, de fecha 15 de diciembre de 2014; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.363 establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL podrá autorizar a la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a celebrar convenios de cooperación técnica y financiera, en los términos y con los alcances establecidos en la Ley N° 23.283, con entidades públicas o privadas, sin costo alguno para el ESTADO NACIONAL y a fin de propender al mejoramiento y modernización de la infraestructura y métodos operativos del REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS.

Que, por otro lado, el Decreto N° 2477/2002, autorizó a la mencionada Secretaría a celebrar convenios de cooperación técnica y financiera en los términos y con los alcances establecidos en la Ley N° 23.283.

Que por Resolución de la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 160/2014, se aprobó el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES Y COMERCIANTES DE ARTÍCULOS PARA CAZA Y PESCA (AICACYP), con la finalidad de propender a la modernización y mejoramiento del REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUÍMICOS, contribuyendo asimismo al cumplimiento de los preceptos estipulados por la Ley N° 23.737 y sus reglamentaciones.

Que, a tal efecto, la Cláusula Séptima del citado Convenio establece que el ENTE COOPERADOR integrará un Fondo de Cooperación Técnica y Financiera con las sumas que obtenga del suministro de elementos o servicios.

Que mediante la Resolución de...

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