Resolución 128/2002

Fecha de disposición19 Septiembre 2002
Fecha de publicación19 Septiembre 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29987

Secretaría de Empleo Secretaría de Empleo

PROGRAMA DE JEFES DE HOGAR

Resolución 128/2002

Establécese que la Dirección de Sistemas de Información enviará los padrones de beneficiarios liquidados en el marco del Programa Jefes de Hogar, correspondientes a cada mes, a las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral (GECAL), las que los entregarán de inmediato a la Provincia al Consejo Consultivo Provincial y a los Municipios y sus respectivos Consejos Consultivos Municipales.

Bs. As., 16/9/2002

VISTO la Ley N° 24.013, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el Decreto N° 565 de fecha 3 de abril de 2002, la Resolución M.T.E. y S.S. N° 312 de fecha 18 de abril de 2002; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 565/02 se creó el PROGRAMA JEFES DE HOGAR destinado a jefes o jefas de hogar con hijos de hasta DIECIOCHO (18) años de edad, o discapacitados de cualquier edad, o a hogares donde la jefa de hogar o la cónyuge, concubina o cohabitante del jefe de hogar se hallare en estado de gravidez todos ellos desocupados y que residan en forma permanente en el país.

Que el citado Decreto confirió al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.) el carácter de Autoridad de Aplicación del Programa.

Que la Resolución M.T.E. y S.S. N° 312/02 reglamenta el referido Programa, estableciendo en su artículo 32 que es facultad de la SECRETARIA DE EMPLEO ejercer la supervisión y monitoreo general del Programa.

Que es necesario garantizar la transparencia y sistematización en las liquidaciones de las ayudas económicas correspondientes al PROGRAMA JEFES DE HOGAR, así como agilizar las respuestas a los posibles conflictos que puedan generarse durante el operativo de pagos.

Que la presente encuadra en la Ley N° 24.013 y se dicta en ejercicio de las facultades establecidas por la Resolución M.T.E. y S.S. N° 312/02.

Por ello,

LA SECRETARIA DE EMPLEO

RESUELVE:

Artículo 1°

La DIRECCION DE SISTEMAS DE INFORMACION enviará los padrones de beneficiarios liquidados en el marco del PROGRAMA JEFES DE HOGAR correspondientes a cada mes, a las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL (GECAL).

Art. 2°

Una vez recibidos los padrones de beneficiarios liquidados, cada GECAL los entregará de inmediato a la Provincia, al CONSEJO CONSULTIVO PROVINCIAL y a los Municipios y sus respectivos CONSEJOS CONSULTIVOS MUNICIPALES, dejando debida constancia de dicha entrega.

Art. 3°

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