Resolución 423/1995

Fecha de disposición04 Abril 1995
Fecha de publicación04 Abril 1995
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28117

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

NOMENCLATURA DEL COMERCIO EXTERIOR

Resolución 423/95

Modifícase la Resolución Nº 909/94 - MEOSP y ratifícase la vigencia de la Resolución Nº 790/92 - MEOSP.

Bs. As., 30/3/95

VISTO el expediente Nº 615.424/94 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Resolución Nº 909 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 29 de julio de 1994 por la cual se establecieron las regulaciones a las que deberán adecuarse las importaciones de bienes usados, y

CONSIDERANDO:

Que a fin de solucionar la existencia de posibles distorsiones del mercado de motociclos y velocípedos, se dictó la Resolución Nº 790 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 29 de junio de 1992.

Que con posterioridad a ello y ante la existencia de contratos de compra en curso de ejecución de esos vehículos en el exterior formalizados por distintos importadores locales, se dispuso eximir de la prohibición vigente a aquellos contratos que reunieran determinadas características para lo cual se dictaron las Resoluciones Nros 956 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 12 de agosto de 1992, 360 y 446 de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO de fechas 2 de octubre y 18 de diciembre de 1992 respectivamente y 57 de la SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES de fecha 8 de octubre de 1993.

Que las excepciones que se otorgaron en función de lo establecido en el considerando anterior, implicaron la aprobación de cronogramas de embarques de larga extensión en el tiempo.

Que ello provoca la no resolución de la situación de distorsión del mercado, desvirtuándose los objetivos para los cuales se dictó la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 790/92.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio ha tomado la debida intervención, opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que la presente resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. en 1993- y su modificatoria Ley 23.930.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º

Ratifícase la vigencia de la Resolución Nº 790 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 29 de junio de 1992.

Art. 2º

Sustitúyese el artículo 9º de la Resolución Nº 909 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y...

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