Resolución 643/2010

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición30 de Junio de 2010

Que en el acta labrada en la audiencia del 15 de julio de 2009 el funcionario actuante dejó constancia que compareció el Secretario General de la peticionante, acompañado de su asesor legal, para ejercer el derecho de control, no compareciendo los representantes de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, a pesar de estar debidamente notificados.

Que quedó demostrado que la peticionante afilia a más del cincuenta y cinco por ciento de los trabajadores que intenta representar.

Que la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO interpuso recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio, contra la providencia de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales que designó la audiencia de cotejo, a realizarse el 15 de julio de 2009.

Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales desestimó el recurso de reconsideración interpuestoporlaASOCIACIONTRABAJADORESDELESTADO,remitiendolasactuacionesalaDirección General de Asuntos Jurídicos para el tratamiento del recurso jerárquico interpuesto en subsidio.

Que se dictó la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1227, de fecha 7 de diciembre de 2009, rechazando formalmente el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO.

Que como medida para mejor proveer se requirió a la Delegación Regional San Nicolás, designe funcionario quien, constituyéndose en dependencias de la Municipalidad de Campana, procediera a constatar la cantidad de agentes afiliados a la peticionante, a la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y a la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, en el período septiembre 2000 a febrero 2001 inclusive, discriminados mes por mes.

Que con la medida para mejor proveer quedó demostrado que la afiliación cotizante de la requirente supera los porcentajes de afiliación establecidos por los artículos 25 inciso b) de la Ley 23.551 y 21 del Decreto Nº 467/88.

Que las entidades con personería gremial preexistente no tienen afiliación cotizantes en el ámbito pretendido.

Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando otorgar personería gremial respecto a los trabajadores que presten servicios en relación de dependencia con la Municipalidad de Campana, Provincia de BUENOS AIRES.

Que consecuentemente, y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 23.551 y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 255/03 de fecha 22 de octubre de 2003, corresponde acordar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial, la que en virtud del artículo primero de la Resolución mencionada, no implica desplazamiento en el colectivo asignado de las personerías gremiales preexistentes.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificatorias y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1°

Otórgase al SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE CAMPANA, con domicilio en Ameghino 657, de la Ciudad de Campana, Provincia de BUENOS AIRES...

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