Resolución 1302/2023

Fecha de publicación29 Marzo 2023
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2023

VISTO el EX-2023-31226500- -APN-MGESYA#INAES la Convención Interamericana contra la Corrupción aprobada por la Ley N° 24.759, la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción aprobada por la Ley N° 26.097, la Ley N° 19.331 de creación del Instituto Nacional de Acción Mutual, la Ley Orgánica para las asociaciones mutuales N° 20.321, la Ley de Cooperativas N° 20.337, la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública Nº 25.188 y sus normas modificatorias y complementarias, la Ley de Derecho de Acceso a la Información Pública N° 27.275, los Decretos Nº 420 de fecha 15 de abril de 1996, Nº 41 de fecha 27 de enero de 1999, Nº 721 de fecha 25 de agosto del 2000, Nº 1192/02 de fecha 5 de julio de 2002, las Decisiones Administrativas Nº 797 de fecha 17 de septiembre de 2019 y Nº 1302 de fecha 28 de diciembre de 2022, la Resolución N° 16 de fecha 7 de agosto de 2020 de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN y la Resolución INAES N° 3404 de fecha 22 de julio de 2022 y,

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, organismo descentralizado de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, es la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a mutuales y cooperativas, en los términos contemplados en las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337, el Decreto Nº 420/96, sus modificatorios y complementarios.

Que el Decreto N° 721/00 establece entre las funciones y atribuciones del Directorio, la de evaluar periódicamente el cumplimiento de los planes en ejecución, así como las funciones ordinarias que el Organismo desarrolle, proponiendo las correcciones y adaptaciones que estime necesarias para un mejor cumplimiento de los objetivos del Instituto.

Que la Ley N° 25.188 establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública cualquiera sea su nivel, jerarquía, modo de ingreso y/o retribución.

Que a través del Decreto N° 41/99 se aprobó el Código de Ética de la Función Pública, el cual define un conjunto de principios generales y particulares que rigen la actuación de las y los servidores públicos.

Que la ratificación de la CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN por Ley N° 24.759 y de la CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN, por la Ley N° 26.097, implica el compromiso de nuestro país para promover y fortalecer el desarrollo de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la...

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