Resolución 116/2022

Fecha de publicación24 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL


Ciudad del Libertador General San Martín, Buenos Aires, 22/11/2022

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-106831532-APN-GORRHH#INTI, el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, las Leyes Nros. 25.164, 25.467 y 27.591, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 214 de fecha 27 de febrero de 2006, 109 de fecha 18 de diciembre de 2007, 355 de fecha 22 de mayo de 2017, 882 de fecha 23 de diciembre de 2021, 28 de fecha 18 de enero de 2022 y 426 de fecha 21 de julio de 2022, la Decisiones Administrativas Nros. 973 de fecha 13 de octubre de 2021, 4 de fecha 5 de enero de 2022 y 880 de fecha 8 de septiembre de 2022, la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161/09 y Nº 988/09, la Resolución Conjunta del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) y la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PUBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 2 de fecha 25 de abril de 2022, las Disposiciones del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) Nros. 275 de fecha 21 de octubre de 2021, 98 de fecha 6 de abril de 2022, 357 de fecha 13 de setiembre de 2022 y 450 de fecha 10 de noviembre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, se creó el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), como organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIA.

Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.591 -de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021- regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

Que por el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 4/22 se determinaron, de acuerdo con el detalle de las Planillas Anexas (IF-2022-00373257-APN-SSP#MEC) los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias y conforme su artículo 2º se estableció que durante la vigencia de la prórroga del presupuesto se mantendrán las disposiciones establecidas en la Decisión Administrativa N° 4/21.

Que por el artículo 6° de la Ley N° 27.591 se estableció que no se podrán aprobar incrementos en los cargos que excedan los totales fijados en las planillas anexas a dicho artículo, y se exceptuó de la limitación dispuesta a los cargos del SISTEMA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, determinado por la Ley Nº 25.467 del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Que asimismo, por el artículo 7° de la mencionada ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros quedando exceptuados de lo previsto precedentemente los cargos correspondientes al personal científico y técnico de los organismos indicados en el inciso a) del artículo 14 de la Ley Nº 25.467.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 970/21, modificada por la Decisión Administrativa N°...

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