Resolución 1013/2023

Fecha de publicación11 Agosto 2023
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales,undefined
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-38435972- -APN-DGD#MT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y DECFO-2019-7-APN-SLYT de fecha 10 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable a las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que el SINDICATO DE TRABAJADORES VIALES Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, con domicilio en Solís N° 550, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, solicitó la aprobación de la modificación realizada a su Estatuto Social, conforme la Ley N° 23.551, sus modificatorias y el Decreto Reglamentario N° 467/1988.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial mediante Resolución N° 406/1972 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, la que se halla registrada bajo el N° 1317.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES dependiente de la SECRETARÍA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha efectuado el control de legalidad que sobre el estatuto dispone el Artículo 7 del Decreto N° 467/1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por la entidad solicitante se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551, sus modificatorias, y del citado Decreto Reglamentario, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables sobre normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que teniendo en cuenta la magnitud de las modificaciones efectuadas, que implica un corrimiento en la numeración del articulado, en atención a principios de concentración, técnica legislativa y economía procesal, corresponde aprobar en forma íntegra el Estatuto Social de la entidad de autos.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial, conforme fue aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N°...

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