Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 14 de Febrero de 2023, expediente FRO 044583/2019/CA001

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B

Prev/Def Visto, en Acuerdo de la Sala “B” integrada, el expediente Nro. FRO 44583/2019, caratulado “QUIROGA, N.E. c/ ANSES

s/REAJUSTE DE HABERES” (Originario del Juzgado Federal Nro. 2 de la ciudad de Santa Fe).

Vinieron los autos a esta alzada, a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la demanda, ordenó a la ANSES que respecto al haber inicial, lo recalcule en la forma dispuesta en el Considerando “Segundo”, así una vez recalculado el haber inicial de pensión, a partir del 01/01/2007 se aplique la movilidad dispuesta por las disposiciones pertinentes de la ley 26.198, decretos 1346/07, 279/08 y 26.417. Ordenó

que se abonen las diferencias resultantes desde la fecha de adquisición del beneficio de pensión, con más los intereses conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina y en la forma dispuesta por el artículo 22 de la ley 24.463. Impuso las costas en el orden causado y difirió la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes hasta tanto se determine el monto del juicio y den cumplimiento a lo dispuesto por los Arts. 2º y 5º de la ley Nº 17.250.

Concedido en modo libre el recurso interpuesto, se elevaron las actuaciones a esta Alzada y por sorteo informático quedaron radicados en esta Sala “B”, donde la apelante expresó sus agravios.

Corrido el traslado correspondiente, no fue contestado por la contraria, por lo que a pedido de la parte actora se dispuso que pasen los autos al Acuerdo para resolver.

Y Considerando que:

  1. ) La parte actora se agravió de la falta de tratamiento del recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU). Manifestó que corresponde la aplicación de la Jurisprudencia emanada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos “S.N.M. c/

    Fecha de firma: 14/02/2023

    Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.E.T., SECRETARIA

    ANSES s/Reajustes Varios”, expte. 49697/11 del 18/4/17; entre otros,

    donde se revocó lo resuelto en la instancia anterior, en cuanto rechazaba el reajuste de la P.B.U., y remitió a lo expuesto en la causa “Ciuti, P. del 30/6/15 de la CSJN, la que a su vez remite a lo resuelto en “Quiroga”.

    Mantuvo la reserva del Caso Federal.

  2. ) Ingresando al estudio de la queja de...

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