Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4, 25 de Septiembre de 2018, expediente FSM 007130/2017/TO02

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 7130/2017 Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: RIGOLETTI, A.A. Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 S.M., 25 de septiembre de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver sobre la competencia de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 4 de San Martín para intervenir en la causa FSM 7130/2017/TO2 (registro interno 3591) caratulada “R., A.A. y otro s/inf. a los art. 865, 866 y 867 del Código Aduanero”.

RESULTA:

  1. Que el día 19 de septiembre de 2017, el doctor A.G.C., dictó auto de procesamiento respecto de O.N.M. y A.A.R. (fs. 1613/1652).

    En cuanto al inicio y desarrollo de las presentes actuaciones y en razón de los principios de economía procesal se remitió a las descripciones fácticas del interlocutorio de fecha 6 de julio de 2017 obrante a fs. 7316/7501 de los autos principales -FSM 7130/2017/TO1-.

    En aquella oportunidad estimó con los alcances exigidos por el artículo 306 del C.P.P.N. que los imputados Fecha de firma: 25/09/2018 Alta en sistema: 26/09/2018 Firmado por: ALEJANDRO DE KORVEZ, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.R.E., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: K.S.R., SECRETARIA DE JUZGADO #32405298#217186667#20180926113403409 en esas actuaciones -M.R.C., J.M.V., R.A.N.R., G.A.V., M.R.C., D.M.C., C.G.C., A.D.M. y D.H.L. formaron parte prima facie, desde fecha incierta pero al menos desde el día 14 de marzo de 2017 y hasta el día 18 de junio de 2017, de una organización criminal dedicada al tráfico internacional de estupefacientes, la que estaba compuesta además por J.M.C., J.M.C.P., “NN Rubén”

    (posteriormente identificado como R.D.L.R., K.J.B., “NN Richard”, “NN L.”, D.A.M.C. y C.V.D., entre otros sujetos a la fecha no identificados.

    Consideró que se había constatado que gestaron una maniobra tendiente a la exportación de un cargamento de bobinas de acero galvanizado, dentro de las cuales fueron acondicionados, mediante un sofisticado método de ocultamiento, 1258 paquetes rectangulares que contenían material estupefaciente, más precisamente 1375,89 kilogramos de clorhidrato de cocaína, con destino -a esa fecha- incierto, pero presumiblemente hacia el Reino de España y/o Canadá.

    Fecha de firma: 25/09/2018 Alta en sistema: 26/09/2018 Firmado por: ALEJANDRO DE KORVEZ, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.R.E., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: K.S.R., SECRETARIA DE JUZGADO #32405298#217186667#20180926113403409 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 Dicha operación de comercio exterior se llevaría a cabo a través de la firma “Can Trade Connections S.R.L.”, con filiales en los Estados Unidos de México y Canadá, lideradas por K.J.B. -de nacionalidad canadiense-, y en una segunda línea, en principio, por un sujeto identificado como “NN R.” -posiblemente R. De Luna Rodríguez-, quienes impartían las órdenes y directivas para la concreción de las maniobras ilícitas aquí

    investigadas.

    Concluyó que a los fines de llevar a cabo la operación de exportación de las bobinas de acero en las cuales se escondería el material estupefaciente, se constituyó la empresa “Can Trade Connections S.R.L.”, siendo designado como gerente A.D.M.. Dicho sujeto, junto con el aporte brindado por otras personas, posibilitaron la constitución y puesta en funcionamiento de dicha firma para que pudiera operar en la instrumentación de operaciones de comercio exterior, principalmente en exportaciones y como así también en la habilitación de cuentas a nombre de la misma para poder inyectar los fondos necesarios para solventar los gastos de la fase final de la operatoria en cuestión.

    Entendió que la hipótesis investigativa se vio corroborada con el hallazgo el día 18 de junio de 2017, en Fecha de firma: 25/09/2018 Alta en sistema: 26/09/2018 Firmado por: ALEJANDRO DE KORVEZ, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.R.E., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: K.S.R., SECRETARIA DE JUZGADO #32405298#217186667#20180926113403409 el galpón situado en la calle México, entre G.M. y F.

    Ramírez, del Parque Industrial de la localidad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, de un total de 1258 paquetes rectangulares con sustancia orientativamente determinada como clorhidrato de cocaína (de un peso de 1375,89 kilogramos), los que se hallaban acondicionados dentro de ocho bobinas de acero encontradas en el lugar.

    Agregó que, en la misma fecha, en el domicilio situado en un galpón emplazado sobre la Ruta 40, en las coordenadas 33°04’35.6”S 68°52’27.5”W, localidad de P., partido de L. de Cuyo, provincia de Mendoza, que se hallaba bajo el ámbito de disposición de la familia Cuello, se procedió al secuestro de 450 paquetes rectangulares con la misma sustancia (de un peso de 486,28 kilogramos), la que tenía idénticos fines mercantiles.

    Que con fecha 18 de julio de 2017 se formó el presente legajo de investigación con el objeto de ahondar sobras las posibles maniobras de tráfico de estupefacientes que se disimularían en cargamentos de cuarzo, ello teniendo en consideración el resultado de las intervenciones telefónicas, las manifestaciones efectuadas por los encausados y en particular, el secuestro del material estupefaciente que estaba acondicionado dentro de bolsas de arpillera junto a un cargamento de piedras de cuarzo.

    Fecha de firma: 25/09/2018 Alta en sistema: 26/09/2018 Firmado por: ALEJANDRO DE KORVEZ, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.R.E., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: K.S.R., SECRETARIA DE JUZGADO #32405298#217186667#20180926113403409 Poder Judicial de...

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