Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL, 20 de Marzo de 2017, expediente CFP 005841/2012/TO02

Fecha de Resolución20 de Marzo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CFP 5841/2012/TO2 Buenos Aires, 20 de marzo de 2017.

Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la presente causa n°

5841/2012 seguida a C.N.C. (Boliviano, nacido el día 2/01/1966 en La Paz, Bolivia, hijo de B.N. y de Rosa CALIZAYA, con último domicilio en Bacacay 3599, Planta Baja de esta Ciudad, con DNI 93.010.016, prontuario policial AGE 185.447 y de reincidencia 02854048), en orden al delito de reducción a la servidumbre (Arts. 45 y 140 del Código Penal), del registro del Tribunal Oral en lo Criminal n° 13.

Intervienen en la causa el Sr. Fiscal General, D.J.C. y la Defensora Pública Coadyuvante, Dra. A.C..

RESULTA:

Primero

En el requerimiento de elevación a juicio obrante a fojas 1028/1033, se le imputó a NINA CALIZAYA el suceso transcripto a continuación:

  1. “Asimismo, esta Fiscalía tiene por acreditado, con el grado de probabilidad positiva exigida por la instancia, que C.R.N.C. redujo a la servidumbre, a través de la imposición de extensas jornadas laborales, escasa remuneración percibida, inadecuado mantenimiento de los inmuebles con malas condiciones de higiene y conservación, hacinamiento, falta de manejo de las llaves de la finca, falta de contrato laboral y aportes previsionales, a B.R.M., J.R.M., E.R.M. y M.N.F. de firma: 20/03/2017 Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #28134415#174280225#20170320141717053 B., aprovechándose de la situación de vulnerabilidad en la que se encontraban, debido a su escasa instrucción escolar, desmembramiento familiar y desarraigo, situación de marginación social y situación migratoria irregular en el país.

Estas circunstancias se verificaron a raíz del registro domiciliario practicado en la finca sita en la calle O. 468 de esta Ciudad.

De esa forma, el 19 de septiembre de 2012, personal de la División Trata de Personas de la Prefectura Naval Argentina determinó, en el segundo piso de dicha propiedad, la presencia de 5 personas, siendo una de ellas el propio imputado C., que fue detenido en ese momento.

Las restantes fueron entrevistadas por personal del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Asimismo, en esa oportunidad se hallaron 6 máquinas de costura. Por último, personal de la Dirección General de Protección del Trabajo del Gobierno de la Ciudad clausuró el lugar.”.

Segundo

Indagatoria:

En oportunidad de prestar declaración indagatoria (Art. 294 del CPP), C.N.C. brindó una versión exculpatoria de los hechos (fojas 870/873).

Sin perjuicio de ello, ya en esta sede, y asistido por su Defensora Pública Coadyuvante, Fecha de firma: 20/03/2017 Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #28134415#174280225#20170320141717053 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CFP 5841/2012/TO2 suscribió el acta labrada de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 431 bis del Código Procesal Penal, por medio de la cual se manifestó conforme con la existencia del hecho que se le imputa y a su participación en el mismo (fojas 1178).

En ese orden, y habiéndose elevado a esta sede la propuesta correspondiente, se tomó conocimiento del imputado en la audiencia “de visu” prevista por el artículo 431 bis del Código de rito, conforme surge de fojas 1180.

Tercero

Prueba:

Se ha incorporado la presente prueba:

-Las declaraciones testimoniales del A..

C.M. (fs. 173/4), A.. R.A. (fs. 326, 337, 931, 936 y 947), A.. Ángel M.S. (fs. 173/4), A.. D.A. (fs. 332, 914 y 932), A.. D.C. (fs.

922), H.A.G. (fs. 907), S.O.V. (fs. 554/557 y 636/7), J.J.T. (fs.

554/557 y 636/7), R.C.L. (fs. 554/557 y 636/7), Y.S.A. (fs. 554/557 y 636/7), A.N.R. (fs. 554/557, 581/2 y 636/7), J.Á.A. (fs. 554/557 y 581/2); -Constancia de búsqueda realizada en el sitio web http://www.buscardatos.com de fojas 191/194; -Constancia de búsqueda realizada en el sitio web http://laalamedawordpress.com/2011/04/11/el-

listado-de-los-prostíbulos-talleres-textiles-

clandestinos-y-venta-de-droga-en.-liniers obrante a fojas 195; Fecha de firma: 20/03/2017 Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #28134415#174280225#20170320141717053 -Informe de las tareas investigativas desarrolladas respecto del domicilio sito en Oliden 468 de éste medio, por la Prefectura Naval Argentina de fs. 236/238 y 904/925; -Informe elaborado por la Dirección de Fiscalización y Control de la Agencia Gubernamental de Control del GCBA obrante a fojas 250/287; -Constancias de las tareas de investigación realizadas sobre el domicilio sito en Oliden 468 de CABA (fojas 323/324, 326, 332 y 337); -Plano de fojas 354; -Informe elaborado por la Coordinación del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos glosado a fojas 780/786; -Acta inicial (fojas 1); -Documentación encabezada “Mapa del Crimen Organizado Comisaría 44” (fojas 4/6 y 13/173) y declaración testimonial del S.C.R.Q. (fojas 136/137), oportunidad en la que adjunta la documentación de fojas 13/136; -Actas de presentación y manifiesto (fojas, 173/4, 323, 337, 907, 914, 922, 931 y 936/7); -Impresiones del portal de La Alameda (fs. 195)

y Nosis (fs. 199 y 229/235); -Informe de la Prefectura Naval Argentina (fs.

346/352); -Informe de la Agencia Gubernamental de Control del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (fs. 273 y 284/6); Fecha de firma: 20/03/2017 Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #28134415#174280225#20170320141717053 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CFP 5841/2012/TO2 -Actas de constatación (fs. 473/5, 740/49 y 768/769); -Actas de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR