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COMPETENCIA. Conexidad. Sucesión. Si la acción impetrada se refiere a la reducción de usufructo vitalicio constituido respecto de un bien que integra el haber hereditario, razones de conexidad, economía y celeridad procesal aconsejan su radicación ante el juez del sucesorio ante quien deben concentrarse las demandas concernientes a los bienes que integran el acervo hereditario para facilitar la liquidación de la herencia, la división de los bienes o el pago de las deudas (conf. Borda, "Sucesiones", T.I, p.60, nº 5 y sigtes., Fornieles, "Tratado de las Sucesiones", T.I, p.90, Zannoni, "Derecho de las Sucesiones", T.I, p.98, entre otros). FERNANDEZ, Diego c/FEIJOO, Alfredo Horacio s/ACCION DE REDUCCION - COMPETENCIA 20/04/94 T00317 Civil - Sala S --------------------...
HABERES PREVISIONALES. Reducción del haber. Dec. 1819/02. Acción de amparo. Defensor del Pueblo de la Nación. Declarar la inconstitucionalidad del Dec. 1819/02 de modo general, haciendo abstracción de cada caso particular, llevaría en última instancia, a una derogación judicial de esa normativa, atribuyendo al Poder Judicial una función casatoria inexistente en nuestro sistema constitucional. (Disidencia del Dr. Fernández). Herrero-Etala-Fernandez. exp. 53852/2002. "DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACIÓN c/ Estado Nacional". 28/05/03 sent. def. 98510. Cámara Federal de la Seguridad Social. Sala II. -------------------------------------------------------------- HABERES PREVISIONALES. Reducción del haber. Dec. 1819/02. Acción de amparo. Defensor del Pueblo de l...
Civil y comercial - RIL - Prueba documental - La interpretación de los documentos agregados al proceso, es facultad privativa de los tribunales de grado por tratarse de cuestiones de hecho, irrevisibles en principio en casación, salvo supuesto de absurdo.
... c/ Florack, Louise Marie Elisabeth s/ acción de reducción”, para decidir sobre su procede...
Civil y comercial - RIL-absurdo - Prueba de peritos - Cuando se impugna una tarea propia de las instancias ordinarias, tal como lo es la valoración de una pericia, es imprescindible demostrar -a más de denunciar- fehacientemente que el procedimiento lógico-jurídico empleado por el juzgador ha devenido irrazonable y contradictorio con las circunstancias de la causa. Civil y comercial - Jueces - Deberes y facultades - Los litigantes no pueden agraviarse de que no se haya decretado alguna de las medidas instructorias autorizadas por el art. 36 del Código Procesal Civil y Comercial pues la utilización de la palabra "podrán" en la citada norma del ordenamiento adjetivo, define de un modo indubitable el carácter facultativo y no obligatorio, del ejercicio de las posibilidades que el artí...
... c/ Florack, Louise Marie Elisabeth s/ acción de reducción”, para decidir sobre su procede...
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