Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA, 25 de Noviembre de 2019, expediente FCR 005247/2015/TO01

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 5247/2015/TO1 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ASENCIO, P.A.s. LEY 23.737 huaia, 25 del mes de noviembre de 2019.

Que habiendo vencido el plazo previsto por el art. 354 C.P.P.N., y ofrecido prueba el Sr. Fiscal General S. a fs. 2033/2037 y el Sr. Defensor Público Oficial de P.A.A. a fs. 2031/2032, la presente causa se encuentra en estado de proveer:

A.- DOCUMENTAL:

A lo solicitado por las partes, téngase presente para su incorporación por lectura al momento procesal oportuno, previa valoración por parte del Tribunal en términos del 2º párrafo del art. 392 del C.P.P.N., la prueba documental ofrecida por las partes mancomunadamente, tanto por la Fiscalía como por las Defensas:

  1. Sumario de Prevención Policial nº 46/13 de la D.N.y.D.F.R.G. “J”

    junto con el audio remitido en un CD a fs. 4/16; (F)

  2. Acta de allanamiento y secuestro de fs. 597/598 y vta. ; (F y D)

  3. Panel Fotográfico de fs. 782/785 (F)

  4. Nota nº JZ 4-1126/10 de Gendarmería Nacional a fs. 1096/1097; (F)

  5. Informe Pericial Químico nº 29 de Gendarmería Nacional a fs.

    1428/1440 6. P. informático de la Dirección Pericial del Distrito Judicial Norte del Poder Judicial de la Provincia, junto el soporte informático de fs.

    1441/1540 y vta.; (F)

  6. Informe de Estado de Dominio de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor de fs. 1716/1718; (F)

    Fecha de firma: 25/11/2019 Alta en sistema: 26/11/2019 Firmado por: L.A.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: C.V.V., SECRETARIO DE CÁMARA #34103878#249860567#20191126092935430 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 5247/2015/TO1 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ASENCIO, P.A.s. LEY 23.737 8. Documental aportada por el Defensor Público, resguardada en Secretaría; (DO)

    En relación al punto

    1. inc. 43 del ofrecimiento de prueba de la Fiscalía, solicítese a ese Ministerio que aclare por qué medio pretende hacerlo valer.

    B.- TESTIMONIAL:

    De conformidad con lo establecido por el art. 355 3° párrafo C.P.P.N., cítese en calidad de testigos nuevos a:

  7. GONZALEZ Diego Policía Provincia; (F)

  8. CORIA Abel Osvaldo Policía Provincial; (F)

  9. SENKOVIC Nicolas titular del D.N.

    1. nº 35356954, domiciliado en calle Estrada nº 1185 de la ciudad de Río Grande; (F y DO)

  10. V.N.B. titular del D.N.

    1. nº 36.551.959, domiciliada en calle P.J.M. de Rosas nº 1322 de la ciudad de Río Grande; (F y DO)

    Estos testigos serán...

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