Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 24 de Septiembre de 2019, expediente FRO 006806/2014/TO01

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 6806/2014/TO1 (MAG)

Sentencia N° 104/19.-

Santa Fe, 24 de setiembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Estos caratulados: “B., J.A. y otros s/ homicidio agravado por el concurso de dos o más personas (art. 80 inc. 2 y 6 del CP en concurso real)” –

Expte. N° FRO 6806/2014/TO1 y su acumulado N° FRO 54000005/2009-, de los registros de la secretaría de cámara de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe; de los que, RESULTA:

Que habiendo finalizado la deliberación prevista en el art. 396 del CPPN, corresponde al tribunal pronunciarse sobre todas las cuestiones que han quedado planteadas en el contradictorio, de conformidad a lo que prescriben los arts. 398 y 399 del Código Procesal Penal de la Nación.

El Dr. L.H.L. dijo:

  1. Conforme surge de los requerimientos de elevación a juicio del fiscal de primera instancia (fs.

    1451/1461, 1721/1722, 1845/1851 y 4256/4269 del expte.

    Fecha de firma: 24/09/2019 acumulado N° FRO 54000005/2009) y de la parte querellante Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR TOLEDO, SECRETARIO DE CAMARA #29159113#245028896#20190923131717280 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 6806/2014/TO1 (MAG)

    (fs. 1346/1355, 1704/1714, 1833/1843 y 4240/4254 del expte. acumulado N° FRO 54000005/2009) con cuya lectura por el Actuario inicia el juicio oral en la presente, los hechos objeto de investigación en el proceso son los siguientes:

    1. El 6 de octubre de 1976 resultaron muertos L.A.F., A.B.R. y M.O.G., en un operativo realizado en la vivienda que habitaban en calle Rivadavia N° 7251 de esta ciudad, por un grupo de fuerzas conjuntas del Ejército y de la policía de la provincia de Santa Fe. Las víctimas, que habrían escapado por el fondo del inmueble, fueron ultimadas por disparos de armas de fuego en la intersección de Avenida A.d.V. y A..

      Los cuerpos, trasladados a la morgue del hospital P., luego los identificaron y restituyeron a sus familiares en el cementerio Municipal.

      En el domicilio referido se encontraba F.M.G., hijo de M., con unos pocos meses de edad, que habiendo pasado por el hospital de Niños y la Casa Cuna, ambos de esta ciudad, fue restituido el día 21 de octubre de 1976 a sus abuelos paternos O.M.G. y R.F.M., Fecha de firma: 24/09/2019 Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR TOLEDO, SECRETARIO DE CAMARA #29159113#245028896#20190923131717280 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 6806/2014/TO1 (MAG)

      por orden del entonces juez de menores F.E..

      La madre del menor, G.S., había sido secuestrada el 21 de setiembre anterior y permanece desaparecida.

      Al inicio de la causa se acompañaron los legajos de la CONADEP N° 0818 y 6874 de F. y R. (fs. 23 y 74, respectivamente), donde la entonces Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación tuvo por probado que sus muertes fueron consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas y de seguridad, en las circunstancias previstas por la ley 24.441 y su reglamentación (Decreto 403/95). Se destaca que el Comando del II Cuerpo de Ejército realizó un comunicado oficial sobre los hechos, que fueron publicados por los diarios “La prensa”, “La Nación” y “La Capital” (fs. 27, 29 y 445), relatando un “enfrentamiento” con “elementos extremistas”, secuestrando material de propaganda y diferentes armas, no obrando constancia que se haya aportado prueba alguna para acreditar la veracidad de dichos extremos.

      Asimismo, se agregaron las partidas de defunción de R. (fs. 79) y G. (fs. 22 del expte. N° 385821/95, reservado en Secretaría), donde Fecha de firma: 24/09/2019 consta que fallecieron por “muerte violenta” el 6 de Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR TOLEDO, SECRETARIO DE CAMARA #29159113#245028896#20190923131717280 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 6806/2014/TO1 (MAG)

      octubre de 1976, a las 18 y 16 horas, respectivamente.

      Lucen agregadas fotografías de sus cuerpos sin vida, identificadas con el N° 159332 en el gabinete de identificaciones de la policía de la Provincia (fs.

      434/435 y 477/478), las que también se encuentran digitalizadas en soporte magnético (fs. 484).

      M.O.G. militaba en la juventud peronista y formaba parte de la agrupación M.; su cuerpo, de acuerdo a la declaración de su hermano J.A.S.G. (fs. 1105/1107), fue recuperado a través de un primo que era Mayor del Ejército, entregándoselo en la morgue del hospital P.. Señaló como responsables de su muerte y desaparición de su pareja Saur a los grupos de tareas conjunta donde participaban la Guardia de Infantería, la policía de la provincia y la policía Federal; describiendo la vida de su hermano en el libro “El Coqui.

      Parte de un tiempo en un país partido” reservado en Secretaría.

      La Secretaría de Derechos Humanos de la provincia acompañó los registros obrantes en los libros policiales de la época en fotocopia y soporte digital -reservado en Secretaría- (fs. 1139/1181 y 1342/1343).

      Fecha de firma: 24/09/2019 Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR TOLEDO, SECRETARIO DE CAMARA #29159113#245028896#20190923131717280 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 6806/2014/TO1 (MAG)

      También la Dirección de cementerios de la Municipalidad acompañó documental relativa a la entrega de los restos de A.R., depositados en la morgue del lugar el 8 de octubre de 1976 por orden del Oficial P.. Julio A.V., que autorizó al día siguiente la entrega del cuerpo al servicio fúnebre de la Municipalidad de Paraná (fs. 1606/161).

    2. El 27 de octubre de 1976 en la fábrica de ladrillos ubicada en calle 4 de enero N° 7230 de esta ciudad, fuerzas conjuntas pertenecientes al Ejército Argentino y a la policía de la provincia realizaron un procedimiento donde resultó detenido M.D.R., víctima luego de múltiples y reiterados tormentos. En el lugar, siendo asesinado L.G. y secuestrado E.A., R. resultó herido por la espalda y trasladado a la sala policial del hospital P., donde fue intervenido quirúrgicamente.

      Luego de una prolongada internación, el 1 de febrero de 1977 fue retirado por J.C.P., coordinador del Área 212, y alojado en la Guardia de Infantería Reforzada hasta el 8 de febrero, siendo trasladado a la cárcel de Coronda, donde estuvo Fecha de firma: 24/09/2019 detenido hasta el 4 de mayo de 1979, día en que fue Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR TOLEDO, SECRETARIO DE CAMARA #29159113#245028896#20190923131717280 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 6806/2014/TO1 (MAG)

      destinado en su encierro a la cárcel de encausados U.1 de Caseros. En fecha 7 de febrero de 1977 fue puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto N° 325 (fs. 1825/1827).

      El testigo J.M.V. manifestó

      que, luego de estar detenido en la Jefatura de policía, fue trasladado a la Guardia de Infantería Reforzada y alojado junto a un grupo de personas, entre las que estaban R. y A., quienes le comentaron sobre el procedimiento relatado; avistando la herida cicatrizada que tenía el primero, producto de un disparo de FAL.

      Agregó que R. pertenecía a la juventud peronista (fs. 2199/2199 vta.), sosteniendo ello también su hermano A.E.R. y H.D. (fs. 2198/2198 vta.

      y 2200/2200 vta., respectivamente).

      Se agregaron a fs. 2226/2229 copia de la historia clínica de la víctima, expedida por el hospital P., y a fs. 2230 copia del informe de inteligencia diario N° 3161/76 del Departamento de informaciones policiales D-2. Por su parte, la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia confeccionó un informe agregado a fs. 2235/2237 vta., con fotografías de R. internado en la sala policial del hospital, como así también del Fecha de firma: 24/09/2019 Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR TOLEDO, SECRETARIO DE CAMARA #29159113#245028896#20190923131717280 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 6806/2014/TO1 (MAG)

      inmueble de calle 4 de enero 7231, y transcripciones de las noticias periodísticas de la época.

    3. N.G.M. y A.M.M. resultaron muertos el día 3 de enero de 1977 en la intersección de la calle D.C. con las vías del ferrocarril en esta ciudad, como consecuencia de disparos de armas de fuego y granadas arrojadas presuntamente por personal policial del Comando radioeléctrico, entre los que se habría encontrado R.G.. Los cuerpos fueron depositados en la morgue del hospital P., siendo retirado el cadáver de M. por personal de la empresa de sepelios “Sentir” el 5 de enero a las 23.55 horas, mientras que el de M. fue trasladado por un empleado de “Asoem” el 6 de enero a las 19.10 horas (fs. 403).

      Se agregaron a fs. 240/392 legajos CONADEP N° 432 y 1017 de M. y M., en los cuales la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación tuvo por probado que sus muertes fueron producto del accionar conjunto de las Fuerzas Armadas y de seguridad. Así

      también el Comando del II Cuerpo de Ejército hizo público lo sucedido el 3 de enero de 1977 mediante comunicado Fecha de firma: 24/09/2019 oficial publicado en diarios de la época (fs. 234/237 y Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CESAR TOLEDO, SECRETARIO DE CAMARA #29159113#245028896#20190923131717280 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 6806/2014/TO1 (MAG)

      242), al igual que el jefe del Departamento de informaciones policiales D-2 lo dejara asentado en el informe de inteligencia diario...

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