Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA, 25 de Febrero de 2019, expediente FRO 033468/2017/TO01

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Crminal Federal de Santa Fe FRO 33468/2017/TO1 (MVV)

Sentencia N° 13/19.

Santa Fe, 25 de febrero de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Estos caratulados “CEJAS LOBAIZA, J.C. – CEJAS, CARLOS ORLANDO s/ infracción ley 23.737 (art.

5° inc. c)”, Expte. N° FRO 33468/2017/TO1; de entrada ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe; de los que, RESULTA:

  1. Se inician las presentes actuaciones en fecha 10 de julio de 2017, a raíz de una denuncia anónima recibida en la mesa de entradas del Ministerio Público Fiscal de la ciudad de Rafaela, mediante la que informaban que J.C.C. alias “J.I.”

    estaría relacionado con el tráfico de estupefacientes, aportando datos sobre su domicilio (fs. 1).

    Comunicada la situación al Juez Federal de R., se dispuso la formación del expediente y se delegó la dirección de la investigación al Ministerio Público Fiscal, en los términos del art. 196 del CPPN.

    Fecha de firma: 25/02/2019 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #32099486#227690338#20190225124313381 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Crminal Federal de Santa Fe FRO 33468/2017/TO1 (MVV)

    Seguidamente fue agregado parte informativo que reflejaba las tareas de inteligencia realizadas por personal de la Brigada Operativa Antinarcóticos V de la policía de la provincia de Santa Fe, por medio del cual comunicaron que la persona denunciada se trataba de J.C.C.L. alias “J.I.”, domiciliado en Avda. P.N.° 869 de la ciudad de Rafaela, quien residía allí junto a su hijo C.O.C. alias “Toro”.

    El informe concluye que los nombrados participaban en la comercialización de estupefacientes, en virtud de las observaciones realizadas sobre el domicilio, donde se pudo constatar que personas ajenas al vecindario arribaban a la finca y realizaban un intercambio de elementos con quienes eran atendidos (fs. 6/52).

    En fecha 8 de noviembre, el juez instructor ordenó –a solicitud del fiscal federal- el allanamiento del domicilio ubicado en Av. P.N.° 869, entre las calles La Plata y Barcelona de la ciudad de Rafaela; procedimiento llevado a cabo el día siguiente, por personal de la BOA V.

    Fecha de firma: 25/02/2019 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #32099486#227690338#20190225124313381 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Crminal Federal de Santa Fe FRO 33468/2017/TO1 (MVV)

    Como consecuencia del mismo, se produjo el hallazgo de un envoltorio que contenía trozos compactos de marihuana, dos teléfonos celulares y la suma de cuatro mil quinientos veintiocho pesos ($4.528) y la detención de J.C.C.L. y C.O.C., quienes se encontraban presentes en la vivienda (fs. 64/68).

    La autoridad policial tramitó el pertinente sumario (fs. 70/100), y junto con los efectos secuestrados lo elevó al Juzgado Federal de Rafaela (fs. 101/102).

  2. En sede judicial se les recibió

    declaración indagatoria a los detenidos (fs. 105/106 y 107/108) y se agregaron informes del Registro Nacional de Reincidencia (fs. 124/134).

    El 24 de noviembre de 2017 se dictó el procesamiento de J.C.C.L. y C.O.C. como presuntos autores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (arts. 45 del CP y 5 inc. c de la ley 23.737), convirtiendo en prisión preventiva sus detenciones (fs. 136/143); decisorio confirmado en Fecha de firma: 25/02/2019 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #32099486#227690338#20190225124313381 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Crminal Federal de Santa Fe FRO 33468/2017/TO1 (MVV)

    fecha 6 de junio de 2018 por la sala B de la Cámara Federal de Rosario (fs. 217/222vta.).

    En la continuidad del trámite se incorporaron constancia de depósito judicial (fs. 149) e informes elaborados por personal especializado sobre el estupefaciente y celulares secuestrados (fs. 184/191 y 204/215, respectivamente).

    Finalmente, en fecha 11 de junio de 2018 el fiscal federal de 1ra. instancia formuló requerimiento de elevación a juicio para los imputados, con idéntica calificación legal a la elegida por el juez instructor en el procesamiento (fs. 224/227 vta.).

    No habiéndose interpuesto excepción u oposición, se ordenó la clausura de la instrucción y la elevación a juicio de la causa (fs. 235).

  3. Recibidos los autos en este tribunal e integrado en forma unipersonal por el suscripto, se verificaron las prescripciones de la instrucción, se citó a las partes a juicio y se incorporaron los exámenes mentales obligatorios (fs. 274/275).

    En la continuidad del trámite se proveyeron las pruebas ofrecidas por las partes y se fijó fecha para la realización de la audiencia de debate el día 27 Fecha de firma: 25/02/2019 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #32099486#227690338#20190225124313381 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Crminal Federal de Santa Fe FRO 33468/2017/TO1 (MVV)

    de febrero del corriente año (fs. 306). Seguidamente se agregaron informes actualizados del Registro Nacional de Reincidencia (fs. 320/344).

    En ese estado la fiscal auxiliar solicitó se imprima a la causa el trámite del juicio abreviado, acompañando la conformidad de los imputados asistidos por el defensor oficial. Habiéndose llevado a cabo la audiencia de conocimiento de visu (fs. 350 y vta.), la causa se encuentra en condiciones de ser definitivamente resuelta; y, CONSIDERANDO:

  4. Que la representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se imprima al proceso el trámite del juicio abreviado previsto por el art. 431 bis del CPPN, acompañando el acta acuerdo en la que consta la conformidad de los encausados asistidos por el defensor oficial.

    Si bien el punto 1, 2do. párrafo (in fine) de la norma citada, fija como límite...

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