Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA, 12 de Agosto de 2016, expediente FRE 004460/2016/TO01

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA FRE 4460/2016/TO1 SENTENCIA Nº 343.-

En la ciudad de Resistencia, capital de la Provincia del Chaco, a los quince días del mes de julio del año dos mil dieciséis, siendo las 12:00 horas, se reúnen los integrantes de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal, los Sres. Jueces de Cámara E.A.B., V.A.A. y J.M.I. –bajo la Presidencia del primero de los nombrados, asistidos por el Sr. Secretario de Cámara F.R. para dictar sentencia en esta causa caratulada:

R., H.A. s/infracción ley 23.737

, Expediente FRE Nº

4460/2016/TO1 respecto de H.A.R. [[DNI.

12.882.460] de nacionalidad argentina, nacido el 1/marzo/1959 en Santa Fe, Capital, A.R. y E.Y.P., de estado civil divorciado, con secundaria completa, de ocupación comerciante, domiciliado en Mz. 2, Depto. 30, Adrogué, provincia de Buenos Aires.

Establecido el orden de sorteo, conforme lo estatuye el artículo 398, párrafo del CPPN, han sido fijadas para resolver las siguientes cuestiones:

Primera

Hecho probado y participación del encausado con los alcances del punto 5 del art. 431 bis CPPN.

Segunda

Calificación legal y pena.

Tercera

Otras cuestiones A la primera cuestión el Tribunal Dijo:

Superado el control de admisibilidad (punto 3, art. 431 bis CPPN, según la audiencia de visu que instrumenta el acta de fs. 315/316) corresponde relevar los siguientes antecedentes de la etapa penal preparatoria.

1] El requerimiento de elevación a juicio –cuyo contenido damos por reproducido- entendió subsumida la conducta de H.A.F. de firma: 12/08/2016 Firmado por: V.A.A., JUEZ SUBROGANTE Firmado por: EDUARDO ARIEL BELFORTE, J.S. Firmado por: J.M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.C.R., SECRETARIO DE CAMARA #28578008#159430160#20160812114517512 R. en la figura del transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c, ley 23.737).

Para el hecho imputado el Fiscal de instrucción tuvo acreditado que el día 28 de abril de 2013, personal del Escuadrón Nº 1 “R.S.P.” de Gendarmería Nacional afectados a un control vehicular sobre la Ruta nacional Nº 95, detuvo el paso de un Renault Megane, dominio DNB 404 conducido por J.J.M. –

posteriormente identificado como H.A.R.-

procedente de Clorinda, Formosa y destino la ciudad de Villa Ángela, Los actuantes percibieron el olor característico a la marihuana en el interior del vehículo, observaron bultos rectangulares en ambos guardabarros traseros y también en el compartimento del motor.

Ordenada la requisa por el Magistrado federal interviniente, se extrajeron 105 paquetes cuyo contenido, sometido a prueba de campo posibilitó determinar que se trataba de la especie “cannabis sativa” en un total de 81.459 gramos.

Aparatos de telefonía celular, una cámara digital, agendas con anotaciones varias entre otros efectos y la detención de R. fue el resultado del actuar prevencional.

El hecho descripto en la requisitoria fiscal –base del acuerdo consentido por las partes- tuvo sustento probatorio en el siguiente itinerario procesal: acta de procedimiento con el secuestro de la sustancia y la detención del encartado (fs. 8 y vta.; 9/10; 13/15 y vta.; 16) ; el aporte de...

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