Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA, 15 de Mayo de 2017, expediente FRE 007759/2015/TO01
Fecha de Resolución | 15 de Mayo de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA FRE 7759/2015/TO1 ENTENCIA Nº .
S 383
En la ciudad de Resistencia, capital de la Provincia del Chaco, a los quince días del
mes de mayo del año dos mil diecisiete, siendo las 12:00 horas, se reúne en este
Tribunal Oral en lo Criminal Federal, la Sra. Juez de Cámara Ana Victoria Order –
en su carácter de juez unipersonal en virtud de lo normado por el art. 12 inc.3, ley
27.307, asistida por la Sra. Secretaria de Cámara M. para dictar
sentencia en esta causa caratulada: “C. y Serrano Nelson Alan
S/Infracción ley 23.737”, Expediente FRE Nº 7759/2015 /TO1 respecto de ERNESTO
RICARDO CHARLES, argentino, D.N.
-
Nº 30.756.642, nacido el 28/02/1984 en la
ciudad de Villa Ángela –Chaco, soltero, hijo de R.v) y de Beatriz
María Chain (v), con instrucción secundaria completa, de ocupación cocinero, con
último domicilio en calle 23, entre 28 y 30 del Barrio Impenetrable de la localidad
de G.. P., C.; y N.A.S., argentino, D.N.I. Nº 36.967.910,
nacido el 01/05/1991 en Gral. P., soltero, hijo de G.v), con
instrucción primaria incompleta, desocupado, con último domicilio en calle 23,
entre 28 y 30 del Barrio Impenetrable de la localidad de G.. P., C..
Establecido el orden de sorteo, conforme lo estatuye el artículo 398, 2º
párrafo del CPPN, han sido fijadas para resolver las siguientes cuestiones:
RIMERA Existencia del hecho y participación de los encausados con los
P :
alcances del punto 5 del art. 431 bis CPPN.
EGUNDA S : Calificación legal y pena.
ERCERA T : Otras cuestiones A la primera cuestión la Dra. O.:
Superado el control de admisibilidad (punto 3, art. 431 bis CPPN, según la
audiencia de visu que instrumenta el acta de fs. 531 y vta.) corresponde relevar los
siguientes antecedentes de la etapa penal preparatoria.
1] El requerimiento de elevación a juicio –cuyo contenido doy por
reproducido entendió subsumida las conductas de R. E. C. y
N. en la figura del transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c, ley
23.737), aclarando que la imputación se circunscribe exclusivamente al
estupefaciente hallado en el interior de dos maletines y un porta termo cuya
propiedad se atribuye a los nombrados, consistente en 19.923 gramos de marihuana.
Para el hecho imputado el Fiscal de instrucción tuvo por acreditado que el
día 01 de octubre de 2015, personal del Escuadrón 1 de Gendarmería Nacional
Fecha de firma: 15/05/2017 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L.F., SECRETARIA DE CAMARA #28270602#177516098#20170515115814884 afectados a un control vehicular de rutina sobre la Ruta Nacional nº 89, a unos 5 km
de la rotonda de Avia Terai –sentido oeste, siendo las 15:30 horas, advirtieron que
a cien metros un vehículo color rojo alertado por la prevención gira en “U” , razón
por la cual se determinó el seguimiento controlado hasta ingresar a un camino
vecinal de tierra, siendo interceptados a unos trecientos metros de la ruta.
El vehículo fue identificado como marca Fiat, modelo Duna, dominio BHU
573, conducido por C. R. C., de ocupación remisero, y los
acompañantes como N. y R., quien intentó
darse a la fuga, sin embargo fue detenido.
Posteriormente de la requisa del interior del rodado, se extrajo del asiento
trasero tres maletines y un porta termo, los que en su interior contenían paquetes
rectangulares de sustancia vegetal color verde amarronada, envueltos en cinta
embalar. Sometida a prueba de campo dio resultado positivo a cannabis sativa –
marihuana, con un peso total de 19.923 gramos, procediéndose a la detención de los
encartados y el secuestro de dos teléfonos celulares, uno marca LG, modelo A270 y
otro marca Samsung, modelo GTS5310, y la suma de seis mil...
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