Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA, 27 de Diciembre de 2017, expediente FRE 004911/2016/TO01

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA SENTENCIA Nº .-

En la ciudad de Resistencia, capital de la Provincia del Chaco, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete, se integran los fundamentos de la sentencia dictada en este Tribunal Oral en lo Criminal Federal, en juzgamiento unipersonal por el Sr. Juez de Cámara J.M.I., asistido por la Secretaria de Cámara M.L.F. en esta causa caratulada “V.W.X. s/ supuesta infracción Ley 23.737

FRE Nº 4911/2016 seguida contra W.X.V., de 31 años, detenido desde julio del año 2016, en la alcaidía de V.Á., casado con una hija de dos años y ocho meses, trabajaba en el campo, haciendo alambrado, ganaba aproximadamente ochocientos (800) pesos por trabajo realizado, la mujer mantiene actualmente a la familia, con la pensión que percibe.

La acción penal pública fue ejercida por el Sr.

Fiscal General Dr. F.C.; la defensa del imputado fue ejercida por el Sr. Defensor Público Oficial, Dr. J.M.C..

Fecha de firma: 27/12/2017 Firmado por: J.M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L.F., SECRETARIA DE CAMARA #30099821#196852276#20171227085248468 Establecido el orden de sorteo, conforme lo estatuye el artículo 398, párrafo del CPPN, se fijó para resolver las siguientes cuestiones:

Primera

Hecho probado y participación del encausado con los alcances del punto 5 del art. 431 bis CPPN.

Segunda

¿Qué calificación legal corresponde asignar al hecho?

Tercera

¿Qué sanción corresponde imponerle?

Cuarta

Otras cuestiones A la primera cuestión:

Superado el control de admisibilidad (punto 3, art.

431 bis CPPN, según la audiencia de visu que instrumenta el acta de fs. 380) corresponde relevar los siguientes antecedentes de la etapa penal preparatoria.

1] El requerimiento de elevación a juicio –cuyo contenido damos por reproducido- entendió subsumida la conducta de W.X.V. el delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c de la Ley 23.737.

Para tal conclusión acusatoria el F. de instrucción tuvo acreditado que a horas 22:30 del día 14 de julio del año 2016, personal del Escuadrón Nº 1 de Gendarmería Nacional se hallaba efectuando un operativo de control vehicular en el acceso de la localidad de V.Á., por ruta provincial Nº 13.

Fecha de firma: 27/12/2017 Firmado por: J.M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L.F., SECRETARIA DE CAMARA #30099821#196852276#20171227085248468 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA Se detiene el paso de una camioneta F100, conducida por R.O.L., acompañado por D.A.L.; M.L.Á., junto a su hija menor y en la caja de carga viajaba W.X.V., con una motocicleta, con dominio colocado.

Después de realizar el control de la documentación, se observó en V. un bulto rectangular que sobresalía del pecho, se solicitó que exhibiera y hallaron un paquete rectangular envuelto en cinta de embalar, se trasladaron al las instalaciones de la sección V.Á., de la requisa del rodado y las personas que estaban dentro, no se obtuvieron elementos de interés, se procedió a la detención y al secuestro del estupefaciente de W.X.V..

El...

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