Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 18 de Diciembre de 2017, expediente CFP 006664/2016/TO01

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 6664/2016/TO1 Causa n° 2031/16 “O., N.Á. s/ inf. ley 23.737

T.O.F. n° 3 Reg. n° 7759 Buenos Aires, 18 de diciembre de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Los Dres. A.F.B. y J.F.R. dijeron:

  1. ) Que, a fs. 247/251 el fiscal instructor requirió la elevación a juicio respecto de N.Á.O. en orden al delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, previsto y reprimido en el artículo 5°, inciso “c”, de la ley 23.737, en calidad de autor. Para ello tuvo por cierto que “el 21 de mayo de 2016, aproximadamente a las 22.00 horas, en la vereda de la calle A. 411 de esta ciudad N.Á.O. estaba allí y tenía en su poder, con evidentes fines de comercialización, cincuenta (50)

    pastillas de diferentes colores e inscripciones compuestas, entre otras sustancias, con MDMA (éxtasis), Metilona, CPP (clorofenilpiperazina) y dextrometorfan (3-

    hidroxi-17metilmorfinano), todas ellas incluidas en la ley 23.737”.

    Asimismo que, “en el interior de los domicilios declarados por O. se halló el 22 de mayo, más sustancias estupefacientes. En la vivienda de Fecha de firma: 18/12/2017 Alta en sistema: 21/12/2017 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.L.G., SECRETARIO DE JUZGADO #29129231#193692033#20171221093830269 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 6664/2016/TO1 la calle Ayacucho 1352, dpto. 2 de la localidad de Florida, provincia de Buenos Aires, se encontró marihuana repartida en tres frascos y una bolsa de nylon; mientras que en el domicilio de la calle Paso de los Libres 2852, dpto. 2, de esta ciudad se incautaron otras (15)

    pastillas y otros tres (3) fragmentos de ellas, compuestas, entre otras sustancias, con MDMA”. Por último, puso de resalto que en el domicilio mencionado en segundo término se halló, asimismo, “un verdadero laboratorio destinado a la producción de sustancias similares a las incautadas en su poder”.

  2. ) Que, a fs. 333/336, la asistencia técnica de O. instó su sobreseimiento, con invocación de los arts. 336, inciso 5, y 361 del Código Procesal Penal de la Nación, alegando que actuó en estado de inimputabilidad. Al respecto, manifestó que las conclusiones del perito del Cuerpo Médico Forense en los diferentes exámenes realizados acerca de las facultades mentales de su defendido “fueron cambiantes –al punto de la contradicción- mientras que las del perito de la Defensa fueron siempre idénticas…” y puso de resalto que el encausado “fue diagnosticado con un trastorno esquizotípico asociado al uso problemático de sustancias psicoactivas, lo cual no ha sido puesto en discusión por los distintos profesionales que lo examinaron”.

    En este sentido, expresó que “un cuadro psicótico… asentado sobre la base de un trastorno de la personalidad como la esquizotipia, aunado al...

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