Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 4, 31 de Octubre de 2017, expediente CFP 010481/2012/TO01

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 4

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 4 CFP 10481/2012/TO1 Buenos Aires, 31 de octubre de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver sobre la competencia de este Tribunal para entender en la presente causa N..

2520 (10481/2012) caratulada “CARRERA ARANDA M. s/ infracción ley 23.737”.

Y CONSIDERANDO:

  1. Teniendo en consideración que en las presentes actuaciones ha sido requerido a juicio M.C.A. y, conforme surge del certificado actuarial de fs. 186, se encuentra imputado –también-, en la causa N.. 35935/2014 (2469) del registro del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 6 de Capital Federal, corresponde avocarme al análisis de la competencia de este Tribunal para intervenir en autos. Ello, en razón de que existe identidad en el sujeto a quien se dirigen las imputaciones.

  2. Como primera cuestión, cabe decir que los tribunales orales, a fin de determinar la competencia, deben partir de la fijación de los hechos establecidos en el requerimiento de elevación o auto de elevación a juicio que determina lo que será objeto del debate.

    En estas actuaciones conforme surge del requerimiento de elevación a juicio obrante a fs.

    170/174, se le atribuye a M.C.A. la presunta comisión, en calidad de autor, del delito de tenencia simple de estupefacientes, conducta Fecha de firma: 31/10/2017 Alta en sistema: 03/11/2017 Firmado por: N.G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.A.R., SECRETARIA DE CÁMARA #30108783#192313765#20171031120034058 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 4 CFP 10481/2012/TO1 delictiva establecida en el artículo 14, primer párrafo de la ley 23.737.

    Ahora bien, conforme surge de la certificación actuarial mencionada anteriormente, C.A. registra ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 6 de Capital Federal en el marco del expediente N.. 35935/2014, por la presunta comisión del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización -art.

    5°, inc. “c”, y art 11, inc “C” de la ley 23.737, cabe resaltar que dicha causa se encuentra actualmente en pleno trámite.

  3. Sobre la base descripta, considero que los requisitos que contempla el Código Procesal Penal de la Nación en sus arts. 41 inc. 3° y 42 inc.

    1º, para declinar la competencia por conexidad subjetiva en favor del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 6 de Capital Federal, toda vez que M.C.A. se encuentra imputado en un proceso que tramita ante dicha judicatura, y que de conformidad a las reglas de acumulación...

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