Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA, 7 de Septiembre de 2017, expediente FBB 010313/2015/TO01

Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 10313/2015/TO1 hia Blanca, de septiembre de 2017.-

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa FBB 10313/2015/TO1 caratulada “ALANIZ, A.A., C., M.E., S.S., PATRICIO ARTURO, GUEVARA, N.A.S. LEY 23.737 (ART. 5 INC.C)”, del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal, del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca, Y CONSIDERANDO:

  1. Que el señor Defensor Oficial ante el Tribunal Oral Dr.

    J.I.P.C. en carácter de defensor de C.R.R., D.J.G.B., L.M.R., N.A.G., L.A.L., E.G.S., G.J.C.A., Á.R.J., Y.C.J., F.R. e H.L.O., interpone a fs. 19206/19219, 19220/19233, 19234/19247, 19248/19261, 19262/19275, 19276/19289, 19290/19303, 19304/19317, 19323/19336, 19337/19350 y 19351/19364, respectivamente, recursos de casación contra la resolución de fecha 18 de agosto de 2017 de fs. 19123/19125vta. por la que se dispuso la prórroga de la prisión preventiva de sus pupilos, por el término de un año.

  2. La impugnación promovida ha sido presentada en legal tiempo y forma.

    Indica que los resolutorios que se atacan se vinculan con cuestiones relativas al encierro de una persona sometida a proceso y es equiparable a sentencia definitiva pues al privar de libertad al imputado con anterioridad al dictado del fallo final de la causa, la decisión suscita un gravamen de imposible reparación ulterior y, por ello, el derecho federal lesionado exige inmediata tutela judicial.

    Luego de fundamentar la admisibilidad y procedencia de la impugnación argumenta que, a su criterio, el Tribunal convirtió a la prórroga de la prisión preventiva en la regla que requiere de “elementos nuevos” para determinar su cese, cuando lo que se precisa son elementos nuevos para su dictado. El Tribunal, dice, ha alterado la lógica del sistema y reconstruido el Fecha de firma: 07/09/2017 Firmado por: B.E.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.S., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: A.C.R., SECRETARIO DE CAMARA #29462044#187812985#20170907121604402 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 10313/2015/TO1 instituto con arbitrariedad manifiesta. Con el mero argumento de la complejidad de la causa se pretende invertir el carácter excepcional que debe reglar la aplicación del instituto de prisión preventiva, alongando, arbitraria e ilegalmente, el encierro carcelario.

    Desarrolla los argumentos que llevan a esa parte a recurrir la decisión que implica la aplicación de una pena anticipada. Sostiene que se ha incurrido en inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva detallando los preceptos que se entiende han sido conculcados.

    Resalta que se han vulnerado las normas del sistema acusatorio y la garantía de imparcialidad, pues el Tribunal dispuso la prórroga del encierro cautelar, sin que haya mediado por parte de la representante de la vindicta pública, requerimiento de la extensión del plazo de detención (arts.120, 65 y 69 CPPN y 3 y concordantes de la ley 27.148).

    Interpreta que la resolución recurrida se encuentra viciada en los términos del artículo 167 inc. 2) del ordenamiento punitivo ritual debiendo declarase su nulidad, la...

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