Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE LA RIOJA - SECRETARIA, 3 de Julio de 2017, expediente FCB 051454/2015/TO01

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE LA RIOJA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE LA RIOJA 51454/2015 LA RIOJA, 03 de JULIO DE 2017.-

Y VISTO: Los presentes autos Expte. N° CFP 51454/2015/TO1 caratulados “Z.M.H. s/ INFRACCIÓN LEY 23.737 (ART. 5 INC C)-” seguido en contra del encartado: ZARATE MIGUEL HORACIO D.N.

  1. N° 20.879.573; venidos a despacho para resolver la solicitud de la restitución de bienes, en las presentes actuaciones.-

Y CONSIDERANDO:

1- Que a fs. 338, el Defensor Público Coadyuvante Dr. J.N.C., presenta escrito “Solicita Restitución de Objetos Secuestrados”, en representación del encartado de autos, requiriendo la entrega de objetos secuestrados: cosas, documentación e instrumentos, con especial mención del documento de identidad y de todo elemento del cual no se ordenó la destrucción. En virtud de lo peticionado, se corre vista a fs. 339 al F. General, Dr. M.H.S. por el término de ley, evacuando las mismas, Fecha de firma: 03/07/2017 Alta en sistema: 08/08/2017 Firmado por: J.C.N.Q.U., PRESIDENTE Firmado(ante mi) por: A.M.B., SECRETARIA DE CAMARA #28597507#182477264#20170705104752845 manifestando a fs. 1614 que: “…Que en función de la sentencia absolutoria obrante a fs. 306/326 éste Ministerio Público considera que corresponde hacer lugar a la solicitud que precede.-…”

2- Que puesto a resolver lo solicitado y efectuando un análisis del mismo, considero que correspondería restituir los elementos lícitos secuestrados en el procedimiento llevado a cabo en autos, en virtud de la absolución del encartado mediante sentencia de fecha 20-02-17 obrante a fs. 306/326. Todo ello de conformidad con lo prescripto por el art. 402 del Código Procesal Penal de la Nación.-

3- En cuanto a la restitución del dinero secuestrado, en el procedimiento practicado en autos, conforme la certificación de Secretaría del Juzgado Federal de La Rioja obrante a fs. 72, hágase saber al peticionante que deberá ocurrir por ante la vía que corresponde, ya que el mismo no fue recepcionado por éste Tribunal conforme dicha Fecha de firma: 03/07/2017 Alta en sistema: 08/08/2017 Firmado por: J.C.N.Q.U., PRESIDENTE Firmado(ante mi) por: A.M.B., SECRETARIA DE CAMARA #28597507#182477264#20170705104752845 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE LA RIOJA 51454/2015 certificación y planilla de efectos de fs.

189. Asimismo conforme constancias de fs.

116 y 146/148, el vehículo automotor secuestrado a fs. 2/3, fue restituido oportunamente por orden del Juez Federal de La Rioja, a su...

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