Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA, 9 de Mayo de 2017, expediente FCR 006740/2015/TO01
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 6740/2015/TO1 Comodoro Rivadavia, 9 de mayo de 2017.-
AUTOS Y VISTOS:
Este expediente Nº FCR 6740/2015/TO1, caratulados “REBOLLEDO MONSALVEZ, M.A. –C.C., A.S.S.ÓN LEY 23737”, del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia.-
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 513/vta la Defensa Pública Oficial de M.A.R.M. interpone recurso de reposición contra la sentencia interlocutoria del 17/04/17 (fs. 511/vta.) que resolvió conceder el recurso de casación interpuesto por el Fisco Nacional, parte querellante, contra la sentencia definitiva del 15/02/17, solicitando al Tribunal que revoque el decisorio por contrario imperio.-
Fundamenta su petición en que su asistido fue condenado a 4 años de prisión y la pena solicitada por la querellante en el debate fue 4 años y 8 meses de prisión por lo que, conforme a lo dispuesto por el inc. 2 del art. 458 y 460 del CPP, no corresponde conceder el recurso respecto del nombrado.-
Asimismo, solicita que se extraigan las copias pertinentes y que se forme legajo de copia para el trámite del extrañamiento en razón a que el principal se remitirá a la CFCP por el recurso contra la absolución de CARDENAS CARRASCO.-
Hace reserva del caso federal.-
Corrida vista a la parte querellante, a fs. 515/6 solicita el rechazo del recurso de reposición impetrado por la Defensa en mérito a las razones que enuncia y que en honor a la brevedad damos por reproducidas. Hace reserva del caso federal.-
Que a fs. 466vta. la parte querellante en la presente causa por la Administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General de Aduanas solicitó que se condene a REBOLLEDO MONSALVEZ a la pena de cuatro años y 8 meses de prisión y 5 de para el ejercicio del comercio por considerarlo coautor del delito de contrabando por ocultación (art. 876 del CA).-
Que a fs. 468/76vta. y 486 (aclaratoria) se encuentra glosada la sentencia definitiva de fecha 15/02/17 que resolvió, en lo que aquí respecta: “ … 2)
CONDENANDO a M.A.R.M., Cédula de Identidad chilena N° 14.273.633-0, de las demás condiciones personales obrantes en autos, como autor de transporte de estupefacientes a la pena mínima de prisión y multa, accesorias legales y las costas del juicio (arts. 5 inc C ley 23.737, art. 12, 29 inc. 3º, 45 y 77 del C.P., art. 403, 530 y 531 del C.P.P. )”. Y Aclaratoria del 21/02/2017 que falla: “2) CONDENANDO a M.A.R.M., Cédula de Identidad chilena N°...
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