Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE LA RIOJA - SECRETARIA, 24 de Abril de 2017, expediente FCB 021170/2013/TO01

Fecha de Resolución24 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE LA RIOJA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE LA RIOJA 21170/2013 La Rioja, 24 de abril de 2017.-

Y VISTOS: En el juicio oral y publico, los autos Expte. N° 21170/2013, caratulados Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO:

FLORES, C.J. s/TENENCIAS., integrado de manera Unipersonal por el Dr.

J.C.R., Secretaria a cargo de la Dra. A.M.B.; con motivo de dictar sentencia en la causa que se sigue en contra del imputado de autos: FLORES, C.J., DNI N° 36.854.797, de nacionalidad argentino, estado civil casado, nacido el 02-

06-92, de ocupación ayudante de albañil, domiciliado en Proyectada S/N° Manzana 1139 del Barrio Urbano IV de ésta ciudad, hijo de R.E.F. y de A. delV.D., con antecedentes obrantes en autos a fs. 100/105; Y CONSIDERANDO:

El tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Rioja, con integración Unipersonal de conformidad con lo prescripto por la Ley 27.307; en los que intervienen el F. General, Dr. M.H.S., y el Fecha de firma: 24/04/2017 Firmado por: J.C.R., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: A.M.B., SECRETARIA DE CAMARA #27887197#176429875#20170426104150815 Defensor Particular Dr. M.A.M.; Y RESULTANDO: El requerimiento de elevación de la causa a juicio, le atribuye al imputado FLORES el siguiente HECHO: “…

HECHOS

Que conforme a las constancias de autos el día 16 de agosto del año 2013 a horas 13.15, Policía de la Provincia recibe un llamado telefónico al numero fijo de guardia de prevención de la Unidad Operativa Especial, proveniente desde el Servicio Penitenciario Provincial, en el cual el ayudante de Tercera Leonardo Mercado informo, que al efectuar requisa en el interior de dicho penal, se habría encontrado sustancias que podrían ser prohibidas, por lo que se requiere la presencia del personal idónea en el tema. En la fecha y hora indicada precedentemente, la instrucción se hace presente en el lugar, donde una vez situados en el puesto de control numero 1 de las instalaciones del Servicio Penitenciario provincial, juntamente con los testigos hábiles, son conducidos por el Sub Alcalde Trigo hasta la guardia de prevención de dicha institución, Fecha de firma: 24/04/2017 Firmado por: J.C.R., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: A.M.B., SECRETARIA DE CAMARA #27887197#176429875#20170426104150815 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE LA RIOJA 21170/2013 donde se entrevista al Oficial Adjuntor Principal M.D.B.B., quien los conduce hasta el puesto de control numero2, informando que en dicho puesto se encuentran los box de requisa, lugar este donde se efectúa la misma a los internos que hayan recibido visitas y deben ser alojados nuevamente. Lugar este donde el jefe de requisa, Ayudante de C.M.J.S. juntamente con el Sub. Ayudante J.N.G., unos momentos antes habrían procedido a la requisa del interno F.C.J., quien llevaba entre sus pertenencias un radio grabador, parlante y una mochila con elementos comestibles, allí estos funcionarios hicieron apertura del parlante citado, encontrando en el interior de éste un envoltorio de nylon color blanco. Ante ello se procede a hacer apertura nuevamente del parlante, observándose en el interior el envoltorio antes mencionado, el que está compuesto por bolsas de nylon color blanco con una cinta de embalar color marrón, que al hacer apertura del mismo, se observa un trozo de Fecha de firma: 24/04/2017 Firmado por: J.C.R., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: A.M.B., SECRETARIA DE CAMARA #27887197#176429875#20170426104150815 tamaño mediano de una sustancia vegetal de color verdoso en forma compactada, juntamente con otro trozo de similares características de tamaño pequeño, sustancias estas que son sometidas a la correspondiente prueba de orientación de campo utilizando reactivos químicos identificados con la numeración 2, 3 y 4 para detectar M. arrojando resultado positivo a la misma (71,5 gramos), que mencionada sustancia es secuestrada e introducida en un sobre de papel color marrón, denominado con letra y numero A-l S.J.; asimismo se procede al secuestro del parlante donde se encontraba el envoltorio en cuestión, la que es tajada e identificada con letra y numero A-2 S.J. Seguidamente se procede a realizar la requisa correspondiente al interno en cuestión, el que dijo llamarse F.C.J., de 21 años de edad, DNI Nro. 36.854.797, con domicilio legal en calle Proyectada casa s/n° del Barrio Urbano N° 4, de esta ciudad Capital, no encontrándose elementos de interés para la causa. Que según lo Fecha de firma: 24/04/2017 Firmado por: J.C.R., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: A.M.B., SECRETARIA DE CAMARA #27887197#176429875#20170426104150815 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE LA RIOJA 21170/2013 informado por el Sub Alcaide Trigo, el causante habría sido visitado momentos antes por la ciudadana S.P., DNI Nro.

36.503.781, domiciliada en P.N.A., casa s/n° del Barrio Cochangasta de esta Ciudad. Que a fs.35 el Tribunal dispuso correr en vista la causa a tenor de lo dispuesto por el art.180 1er. párrafo y 188 del C.P.P.N., produciendo este Ministerio Publico Fiscal el Requerimiento de Instrucción obrante a fs. 36/37 en el cual solicito se les recepte declaración indagatoria al encartado C.J. FLORES por suponérsele infractor al art.14 Ira. parte de la ley 23.737 (Tenencia de estupefacientes). Que a fs. 44/45 obra el acta de declaración indagatoria del imputado C.J.F., quien expreso que "...cuando ingresa después de la visita, no estaba nadie en 1 puesto de requisa, únicamente un celador y un jefe de puerta. Y cuando me hace la requisa el jefe de puesto, y me retiran el parlante el cual estaba armado y me dejan el grabador y la mochila.

Cuando vuelven a los cinco minutos Fecha de firma: 24/04/2017 Firmado por: J.C.R., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: A.M.B., SECRETARIA DE CAMARA #27887197#176429875#20170426104150815 aproximadamente, me dicen que tenía un envoltorio de plástico el cual me hacen ver y el parlante se encontraba desarmado. Yo les dije que eso no era mío y me esposaron pidiéndome que me calle la boca, reteniéndome en el lugar hasta que llegaron los oficiales los cuales se encontraban vestidos de civil. Mas o menos a la hora y media, llegan dos personas de civil, una de ella de sexo femenino, a los cuales en ningún momento vi ya que estaba con la cara contra la pared de espalda a ellos.

Supuestamente les mostraron lo que habían encontrado dentro del parlante, pero ellos no estaban en el momento de la requisa que me hicieron, y después se fueron y se llevaron todo no sabiendo el compareciente a donde. Y a mi me llevan esposado a aislamiento que son celdas individuales en donde no...

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