Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 20 de Abril de 2017, expediente FPO 007864/2015/TO01

Fecha de Resolución20 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 7864/2015/TO1 En la ciudad de Posadas, capital de la provincia de Misiones, a veinte días del mes de abril del año dos mil diecisiete, siendo las 9:13 horas, en la sede de este Tribunal Oral sita en la calle F. de A. Nº 2.170 de esta ciudad, comparecen ante los Señores Jueces de Cámara Dres. M.A.J.M. -en ejercicio de la Presidencia en el presente proceso-, N.L. y el Señor Juez Subrogante Dr. MARIO HACHIRO DOI, con la asistencia del A.C.M.A.M., las partes convocadas para celebrar la AUDIENCIA prevista en el art. 293 del C.P.P.N. sobre el pedido de SUSPENSIÓN DEL PROCESO A PRUEBA requerido por la defensa del procesado G.E.V., argentino, titular de la DNI Nº

38.187.809, que tramita en la causa Nº 7864/2015/TO1, caratulada: “VERGARA, G.E. s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.14)”. ABIERTO EL ACTO por el Señor Presidente, por Secretaría se informa que se encuentran presentes el Señor Fiscal General Oral Federal Subrogante, DR. P.R.D.L., el Sr. Defensor Particular, Dr. L.D.L., y el imputado G.E.V., argentino, titular de la DNI Nº

38.187.809. Seguidamente, el Señor Presidente explica brevemente el motivo de la audiencia del día de la fecha, posteriormente cede la palabra al Señor Defensor, quien RATIFICA el pedido de su defendido, solicitando se haga lugar al mismo. A continuación el Sr. Presidente interroga al procesado para que aclare en qué

consisten las tareas que ofrece realizar. Seguidamente, V. responde que serán labores de mantenimiento y/o labores de limpieza del edificio, ubicado en calle Sagrado Corazón de Jesús N° 4213, Oberá. Las tareas serán de 4 horas semanales, por el término de un (1) año, los días miércoles de en horario de la mañana. A continuación el Sr. Presidente, cede la palabra al S.F., quien MANIFIESTA: que requiere se acredite el pago de la multa, como también acerque algún certificado médico sobre su tratamiento a la adicción y cumplido ello no tiene objeciones sobre la suspensión del proceso a prueba solicitando que las tareas se realicen por el término de 1 (un) año. Que a los efectos del control de asistencia se confeccionará una planilla que será firmada por el declarante. En este estado el Tribunal

RESUELVE:

1) se aprueba la SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA por el término de UN AÑO respecto de G.E.V., argentino, titular de la DNI Nº 38.187.809, con la condición que se acompañe el pago de la multa; la constancia de que ya no es consumidor (mediante un certificado...

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