Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA, 24 de Febrero de 2017, expediente FPA 009153/2014/TO01

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

SR. PRESIDENTE:

Cumplo con el deber de informar a V.E. que, a fin de constatar ante la Corte Suprema el Recurso de Queja alegado por la Defensa, personal de despacho de este Tribunal (N.B.) se comunicó

telefónicamente con dicha judicatura, siendo atendido por quien dijo ser J.I. –Jefe de Despacho-, quien confirmó que efectivamente se encuentra en trámite dicho recurso.-

Es todo cuanto debo informar V.E.-

SECRETARÍA, 6 de febrero de 2017.

NEB Paraná, 15 de febrero de 2017.-

Agréguense las constancias que anteceden, téngase presente lo informado a fs. 546 y pasen los autos AL ACUERDO.-

RESOLUCIÓN N° 35/17.

Paraná, 24 de febrero de 2017.-

Y VISTO:

El Recurso de Reposición interpuesto por el Sr. Defensor Público Oficial D.M.R.F., (fs. 542/544 vta.) contra la providencia de fs.

Fecha de firma: 24/02/2017 Firmado por: N.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #27090850#170997370#20170301133646968 541 en la causa FPA 9153/2014/TO1 caratulado “D.C.H.Y.D.M.R. SOBRE INFRACCIÓN LEY 23.737” y, CONSIDERANDO:

  1. Que, en el plazo legal, el recurrente mediante escrito de fs.

    542/544 vta. impugna la providencia mencionada, en cuanto dispuso intimar al condenado C.H.D. a constituirse en la Unidad Penal N° 1 de esta ciudad, a fin de cumplimentar la condena recaída en su contra, por considerar que la pena adquirió firmeza.-

    Fundamenta su solicitud en que la decisión soslaya las normativas procesales de los arts. 128 y 442 del CPPN, en cuanto disponen como regla la firmeza de la decisión para que la misma resulte exigible y que debe considerarse firme, según el Considerando 6 del fallo “Olariaga” de la CSJN con remisión al fallo 310:1797, cuando se agotaron todas las vías recursivas y en el principio de inocencia del art. 18 de la CN..-

    Solicita –en consecuencia-, se revoque por contrario imperio la intimación a DIETZ de constituirse en la Unidad Penal Nº 1, en tanto la sentencia de la presente causa no ha adquirido firmeza.-

  2. Corrida la pertinente vista, el Sr. Fiscal General se expide a fs. 547/548 vta., considerando que no corresponde hacer lugar al pedido efectuado por la defensa.-

    Refiere que si bien la sentencia adquirirá firmeza una vez que se resuelva el recurso, la misma ya es ejecutable, por tanto el condenado debería comenzar a cumplir con la condena.-

    Apoya su postura en jurisprudencia...

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