Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 21 de Diciembre de 2016, expediente FPO 006902/2015/TO01

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 6902/2015/TO1 En la ciudad de Posadas, capital de la provincia de Misiones, a diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis, reunidos para deliberar los Sres. Jueces integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas, D.. N.L., quien ejerce la Presidencia en este proceso, MARIO HACHIRO DOI y M.A.J.M., asistidos por el actuario Dr.

C.M.A.M., con el objeto de dictar sentencia de conformidad con las normas del juicio abreviado contenidas en el art. 431 bis, incorporado al C.P.P.N. por ley Nº 24.825, en esta causa N°

FPO6902/2015/TO1 caratulada “MACHADO DA ROSA, G.S. s/ INFRACCIÓN LEY 23.737” del registro de este Tribunal de Juicio Oral, respecto de G.S.M.D.R., argentino, alias “loquito”, DNI Nº 36.330.267, instruido, de estado civil soltero, de ocupación albañil, nacido en la Ciudad de Eldorado, provincia de Misiones, el 22 de enero de 1991, hijo de D.M.D.R. y de M.C.P. De Campos, actualmente alojado en la Prisión Regional del Norte (U.7) de “Chaco” del Servicio Penitenciario Federal, procesado por el delito de Transporte de Estupefacientes en calidad de autor (fs. 143/168), habiendo quedado enmarcada la plataforma fáctica de la manera siguiente:

El hecho tuvo lugar el domingo 25 de octubre de 2015, a las 3:05 horas, en oportunidad en que personal de la Prefectura Naval Argentina de la ciudad de Puerto Iguazú, realizando tareas de patrullaje terrestre, en un lugar conocido como paraje “La Arenera” -a la altura del kilómetro 1925 de la margen izquierda del Rio Paraná- en inmediaciones de un sendero que proviene del río; a una distancia aproximada de 70 metros de la costa, observó mediante el uso de binoculares el desplazamiento de un bote propulsado a remos proveniente de la costa de la República de Paraguay con tres individuos a bordo, dirigiéndose a la costa argentina, embicando seguidamente en el lugar conocido por los lugareños como el “Pique Ferreyra”

A continuación, una vez que el bote en cuestión arribó a la costa, el personal actuante visualizó que CUATRO sujetos se acercaron a la embarcación, descargando UN bulto que se hallaba en el interior de la misma, observando luego que se trasladó el bulto con dirección al casco urbano; regresando el bote con sus TRES tripulantes hacia la costa paraguaya; pudiendo visualizar asimismo el ingreso de un automóvil tipo remis de color blanco al pique referenciado.

Fecha de firma: 21/12/2016 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.M.A.M., SECRETARIO #29110147#169287993#20161219111026279 Ante la sospecha del personal de estar ante la presencia de un hecho ilícito, solicitó apoyo a Prefectura “Puerto Iguazú”, destacando dicha dependencia un móvil oficial de la fuerza, el cual se dirigió al lugar señalado por el personal de patrulla terrestre, logrando interceptar un automóvil con las características descriptas a unos mil metros aproximadamente de la costa, en las intersecciones de las calles Campanita y avenida Alma Fuerte, del Barrio 1º de mayo de la ciudad referenciada; deteniendo la marcha el rodado sin oponer sus ocupantes resistencia alguna.

Ante tal circunstancia, y ante la presencia de testigos hábiles citados a los efectos, se procedió a identificar a los dos sujetos ocupantes del vehículo, manifestando el pasajero llamarse G.S.M.D.R., argentino, DNI Nº 36.330.267, quien manifestó llevar una valija en el interior del baúl del automóvil; no quedando “el remisero” contraído al presente proceso Seguidamente, por orden del Juzgado Federal de instrucción y ante los testigos citados a los efectos, se efectuó la apertura de la valija referenciada...

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