Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 25 de Octubre de 2016, expediente FPO 007049/2015/TO01

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 7049/2015/TO1 En la ciudad de Posadas, capital de la provincia de Misiones, a veinticinco días del mes de octubre del año dos mil dieciséis, se reúnen para deliberar los Señores Jueces integrantes del Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas, D.M.H.D., NORMA LAMPUGNANI Y M.A.J.M., presidiendo esta deliberación el primero de los nombrados, con la asistencia de la Actuario, Dra. L.Y.K., con el objeto de dictar sentencia de conformidad con las normas del juicio abreviado (art. 431 bis del C.P.P.N.) en esta causa FPO 7049/2015/TO1 caratulado “A.G., D.D. s/ INFRACCIÒN LEY 23.737”, que se le sigue a D.D.A.G., de nacionalidad paraguaya, CI P Nº 4.722.446, de estado civil soltero, ocupación pasero, instrucción primaria incompleta, 27 años de edad, nacido el 8 de enero de 1989, en la ciudad de Coronel Oviedo, Departamento Caaguazú, República de Paraguay, hijo de R.A. y B.G.; actualmente alojado en la Unidad Penal 17 “Candelaria” del Servicio Penitenciario Federal, en calidad de procesado, y cumpliendo prisión preventiva por el delito de Transporte de Estupefacientes –fs.

176/200-.

La plataforma fáctica quedó enmarcada de la siguiente manera:

El domingo 1 de noviembre de 2015, siendo aproximadamente las 23:30 horas, en oportunidad en que personal de Jefatura de Unidad perteneciente al Escuadrón 10 “Eldorado” de Gendarmería Nacional, y la Sección Vial del Escuadrón referenciado, destacado en el kilómetro 1587 de la Ruta Nacional Nº 12 habiéndose montado un operativo de control eventual de ruta, procedió a interceptar la marcha de DOS automotores, uno de ellos marca TOYOTA, modelo CALDINA, de color blanco, dominio paraguayo colocado CDS-842, el cual se dirigía en sentido sur - norte, conducido por quien fue posteriormente identificado como D.D.A.G., de datos filiatorios ya consignados; y uno marca GOL modelo TREND, dominio colocado OPO-524 con dos ocupantes a bordo; quienes finalmente no fueron contraídos al presente proceso.

Consecuentemente, en el marco del control aludido, el personal actuante ordenó que los automotores referenciados aminoraran la marcha, mediante señales con linterna, observando el personal que ambos automotores –al contrario de lo ordenado- empezaron a incrementar la velocidad.

Atento a ello, el personal interviniente procedió a interponer sobre la arteria referenciada una camioneta marca RANGER no identificable de la fuerza, continuando con las señales lumínicas, logrando interceptar la marcha de los automóviles en cuestión.

Así las cosas, se observó como un sujeto que vestía pantalones cortos y remera de color rojo, emprendió una veloz huida saliendo del automotor de patente Fecha de firma: 25/10/2016 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.Y.K., SECRETARIA #28640655#164289299#20161110111412956 extranjera del lugar del acompañante, perdiéndolo de vista en forma inmediata al ingresar el sujeto en las malezas al costado de la ruta; procediendo el personal a dirigirse velozmente hacia el automotor en cuestión, a fin de interceptar al conductor, observando que en el interior del baúl del rodado había gran cantidad de bultos, consistentes en bolsas tipo arpilleras, similares a las utilizadas para contener estupefacientes, de cual emanaba un fuerte olor característico de la marihuana.

Seguidamente, ante la sospecha de estar ante la presencia de un ilícito, se dio noticia al Juzgado instructor competente, orientando a proceder a la demora del causante; y al traslado a la sede de la Gendarmería Nacional de los elementos incautados, el automotor, y el demorado, a fin de que -ante testigos citados a los efectos-, se proceda a determinar si se encontraban efectivamente ante la presencia de un delito de narcotráfico.

Una vez en la sede del Escuadrón 10 “Eldorado” de Gendarmería Nacional y de acuerdo a la orden impuesta, el personal procedió a conducir al can detector de narcóticos -NORMA-, hacia el automotor y los bultos en cuestión; reaccionando el animal positivamente con los signos de nerviosismo y exaltación comunes a la presencia de estupefacientes.

Seguidamente, se procedió a extraer de los bultos referenciados un total de SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO (698) paquetes en forma de “PANES”

de similares características a los que contienen marihuana. (Fotografías de fs. 40 y 44).

A continuación, al ser sometidas al narcotest las muestras de la sustancia hallada, el dispositivo dio resultado positivo a la variedad Cannabis Sativa. Realizado el pesaje de la totalidad de los paquetes, arrojaron un peso total de SEISCIENTOS TREINTA Y TRES KILOGRAMOS CON NOVECIENTOS CUARENTA GRAMOS (633,940 kg).

Finalmente, anoticiado del hallazgo, el Sr. Juez Instructor ordenó el secuestro de la sustancia ilícita, del automóvil en cuestión, entre otros elementos de interés para el presente proceso, procediéndose a la detención de ARZAMENDIA GODOY en carácter de incomunicado, no quedando contraídos al proceso los ocupantes del automóvil GOL modelo TREND, realizándose finalmente los demás actos de rigor.

Cumplidas las medidas procesales de la Instrucción, el proceso ingresó a este Tribunal con Requerimiento Fiscal de Elevación a Juicio, obrante a fs. 226/230 y vta. contra D.D.A.G. en relación al delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES, en calidad de AUTOR, de conformidad con el art. 5º inc. “c” de la Ley 23.737 en función del art. 45 del C.P., obrando a fs. 240 y vta. el certificado de elevación a juicio respecto al nombrado.

A fs. 246 se constituyó este Excmo. Tribunal citando a juicio a las partes; proponiendo la Sra. Fiscal General Oral Federal ante esta Magistratura Dra.

V.A.B. -a fs. 251 y vta.- la conversión de la presente causa al Fecha de firma: 25/10/2016 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.Y.K...

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