Planilla 1544

Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2010

Buenos Aires, 8 de febrero de 2010.

Diego Andrés Villanueva, secretario.

e. 03/03/2010 Nº 19193/10 v. 09/03/2010 JUZGADOS NACIONALES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL Nº 11

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 11 a cargo del Dr. Claudio Bonadio, Secretaría Nº 22 de la Dra. Laura María Charnis, sito en Comodoro Py Nº 2002, 4º piso de esta Capital Federal, cita y emplaza al Sr.

Achucarro González, Brígido, paraguayo, con C.I.

paraguaya Nº 5.766.010, nacido el 28/07/1990, hijo de Lorenzo Achucarro y de Hilda González, soltero, desocupado, con último domicilio en manzana 3, casa 32 de la Villa 31 bis de esta Capital Federal, a presentarse dentro del tercer día de notificado por ante este Tribunal, con motivo de estar a derecho en la causa Nº 15.737/09 caratulada 'Achucarro González, Brígido s/Infracción ley 23.737', bajo apercibimiento de que sea declarado en rebeldía y se ordene su inmediata detención.

Buenos Aires, 18 de febrero de 2010.

María L. Muntaner, secretaria federal.

e. 03/03/2010 Nº 19275/10 v. 09/03/2010 Nº 12

atento la incomparecencia de Carina Andrea Azcano a la audiencia fijada a efectos de recibirle declaración indagatoria y no contando con un domicilio donde citar a la nombrada, líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial, solicitando la publicación del edicto pertinentes, por el término de cinco días, conforme lo señala el art.150 del C.P.P.PN., y en el cual se haga saber a Carina Andrea Azcano --dni 21.058.552-que en el término del tercer día deberá presentarse ante este Tribunal, bajo apercibimiento ser declarada rebelde y ordenarse su inmediata captura, en caso de incomparecencia injustificada. Fdo. Sergio Gabriel Torres, Juez Federal. Ante mi: Diego Javier Slupski, Secretario'.

Buenos Aires, 11 de febrero de 2010.

Jorge Alejandro Zabala, secretario.

e. 03/03/2010 Nº 19191/10 v. 09/03/2010 TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL NRO. 2

ROSARIO-SANTA FE El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de Rosario, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: 'Ballejos, Mario Omar s/Ley 23.737, resuelve:

  1. - Condenando a Mario Omar Ballejos, cuyos demás datos personales obran precedentemente, como autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de transporte de dichas sustancias (art. 5, inc.

    'c', de la ley 23.737) a la pena de cuatro (4) años de prisión, multa de pesos trescientos ($ 300), e inhabilitación absoluta por igual término que el de la condena.

  2. - Dejando expresa constancia que se imprimió a la presente causa, el trámite de juicio abreviado, previsto en el artículo 431 bis del C.P.P.N.

    (Ley 24825).

  3. - Imponiendo al condenado el pago de la tasa de justicia, la que asciende a la suma de pesos sesenta y nueve con setenta centavos ($ 69,70), la que deberá hacerse efectiva dentro del término de cinco (5) días, bajo apercibimiento de aplicarle en concepto de multa el cincuenta por ciento (50%) del valor referido, el que deberá abonarse dentro de igual término.

  4. - Estableciendo, una vez firme la presente, la destrucción por incineración del material incautado que se encuentra reservado en Secretaría (art. 30 Ley 23.737), como así también la devolución de los demás elementos secuestrados que no guarden relación con la causa.

  5. - Ordenando que por Secretaría se practique el cómputo de la pena impuesta al condenado con vista a las partes --artículo 493 del C.P.P.N.--.

  6. - Diferir la regulación de honorarios de la Dra.

    Susana Olga Zulkarneinuff hasta que de cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 23.987.

  7. - Ordenando se inserte la presente, se haga saber a las partes, se libren las comunicaciones pertinentes y, oportunamente, se archiven las actuaciones.

    Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de Rosario, los autos: 'Ballejos, Mario Omar; Bis, Héctor Manuel s/Ley 23.737', expediente Nº 29/08 del registro de este Tribunal Oral,

    Por lo expuesto,

    Se resuelve:

  8. - Aclarar que en la parte dispositiva de la Resolución Nº 123/09 de fecha 8 de junio de 2009 --obrante de fs. 548/549--, en cuanto se consigna el delito previsto en el art. 14, segundo párrafo, de la ley 23.737, debiendo indicar en su lugar, art. 14, primer párrafo, de dicha ley.

  9. - Insértese y hágase saber a las partes. -Beatriz Caballero de Barabani, Juez de Cámara.

    -- Omar R. A. Digerónimo, Juez de Cámara. -Ante mí: Dr. Aníbal Pineda, Secretario. Se deja constancia que el Dr. Jorge Venegas Echagüe no firma el presente por encontrarse en uso de licencia.

    Rosario, 29 de diciembre de 2009.

    e. 03/03/2010 Nº 19187/10 v. 03/03/2010 3.2. SUCESIONES NUEVAS JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL Publicación extractada (Acordada Nº 41/74 C.S.J.N.) Se cita por tres días a partir de la fecha de primera publicación a herederos y acreedores de los causantes que más abajo se nombran para que dentro de los treinta días comparezcan a estar a derecho conforme con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo Civil y Comercial.

    Juzg. Sec. Secretario Fecha...

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