Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 23 de Octubre de 2018, expediente CAF 055055/2014/CA001

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II CAUSA Nº 55055/2014 PIRANI, J.C. Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-

PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Buenos Aires, de octubre de 2018.- SE Y VISTOS: estos autos caratulados “P., J.C. y otros c/E.N.-Mº Seguridad-P.F.A. s/personal militar y civil de las FF.AA. y de Seg”; y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 140/142, la Sra. Magistrada de primera instancia hizo lugar a la demanda iniciada por la parte actora -personal de la Policía Federal Argentina-, reconociendo el carácter remunerativo y bonificable de la asignación prevista por el decreto 2140/13 y sus modificatorios, debiendo abonarse el retroactivo devengado por lo percibido en menos mensualmente desde la entrada en vigencia del decreto mencionado y sus modificatorios hasta la fecha en que fueron derogados los suplementos creados por el decreto 2140/13.

    En caso que el actor haya sido transferido a la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, la liquidación deberá practicarse hasta la fecha de su efectivo traspaso a la nueva fuerza.

    Dicho crédito se regirá por las condiciones previstas por el art. 22 de la ley 23.982, con intereses desde que cada una fue debida, a la tasa pasiva promedio mensual que publica el B.C.R.A., hasta su efectivo pago.

    Finalmente, impuso las costas por su orden.

  2. Que contra tal resolución apeló la demandada a fs. 145, fundó

    su recurso a fs. 151/154, no habiendo la contraria contestado el traslado conferido a fs. 155 primer párrafo (v. fs. 156).

    Se agravió que se ordenara la incorporación con carácter “bonificable” a los haberes de la parte actora el incremento creado por el decreto 2140/13.

    Manifestó que en función del decreto 380/17, publicado en el Boletín Oficial el 30 de mayo de 2017, quedaron sin efecto los suplementos establecidos por el decreto 2140/13.

    Expresó que desde el 1 de enero de 2017 la actora fue transferida a la Policía de la Ciudad de Buenos Aires.

  3. Que en punto al planteo formulado respecto del decreto 2140/13 cabe señalar que el mismo sustituyó el artículo 396 ter de la Reglamentación de la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina, aprobada por el decreto 1866/83 y sus modificatorios, por el siguiente texto: “[e]l suplemento particular ‘Servicio Externo Uniformado’, Fecha de firma: 23/10/2018 Alta en sistema: 25/10/2018 Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA #24352577#218781802#20181017095258774 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II CAUSA Nº 55055/2014 PIRANI, J.C. Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-

    PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG de carácter remunerativo y no bonificable, lo percibirá mensualmente el personal destinado en las distintas Comisarías al que se le asignare servicios de cuatro que deban cumplimentarse vistiendo uniforme y el personal de brigada de...

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