Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 6 de Noviembre de 2018, expediente FBB 013520/2015

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA

Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 13520/2015/CA1 – S.. 1

Bahía Blanca, de noviembre de 2018.

VISTO: Este expediente nro. FBB 13520/2015/CA1, caratulado: “PAOLILLO,

E. D. c/ Estado Nacional (Ministerio de Seguridad) s/ Suplementos

Fuerzas Armadas y de Seguridad”, venido del Juzgado Federal nro. 2 de esta ciudad,

para resolver el recurso de apelación interpuesto a f. 88 contra la sentencia de fs.

84/87.

La señora Jueza de Cámara, doctora S., dijo:

1ro.) La señora jueza a quo, en lo que aquí interesa, hizo lugar a

la demanda interpuesta por el señor E. D. P. reconociéndole el

carácter remunerativo y bonificable del decreto 2.140/13, incorporándolo en el haber

mensual debiéndosele abonar las retroactividades pertinentes desde cinco años

anteriores al reclamo administrativo o interposición de la demanda, y hasta la entrada

en vigencia del decreto 380/17 con más la tasa de interés activa que percibe el BNA en

sus operaciones de descuento. Impuso las costas a la demandada y difirió la regulación

honorarios (fs. 84/87).

2do.) Contra lo resuelto, la parte demandada interpuso a f. 88

recurso de apelación, expresando agravios a fs. 92/97 vta.

Sostuvo que: los suplementos del decreto 2.140/13 revisten

carácter particular, otorgado por la misma normativa y no general como sostiene la a

quo. Cita jurisprudencia avalando tal postura. Asimismo sostiene que no es de

aplicación al caso la tasa activa del BNA, respecto de los intereses al momento de la

liquidación, siendo aplicable la tasa que prevé la ley 25.344, conforme lo previsto por

los decretos 941/91 y 1.116/00. Por último cuestiona la imposición de costas.

3ro.) Ingresando a decidir, surge de los presentes que el actor se

encuentra percibiendo el “suplemento” por aplicación del decreto 2.140/13 (código

000056 del recibo de sueldo de f. 9), y que según informe del Jefe de División de

Remuneraciones de la Policía Federal de f. 53/vta., el Decreto 2140 se halla

(actualizado por los decretos 813/14 y 968/15) vigente desde el 1/1/2014 y se impone

a la generalidad del personal que se desempeña en la Fuerza inclusive el personal civil,

toda vez que la totalidad del personal que compone la Planta Activa de esta

institución, cualquiera fuera la jerarquía ostentada será susceptible de una de las

asignaciones previstas en el mismo.

Fecha de firma: 06/11/2018 Alta en sistema: 07/11/2018 Firmado por: S.M.F., JUEZA DE CÁMARA Firmado por: MARÍA SOLEDAD COSTA, SECRETARIA Firmado por: R.D.A., JUEZ DE CÁMARA...

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