FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES - F.I.T. Distrito Río Negro

Fecha de disposición07 Julio 2017
Fecha de publicación07 Julio 2017
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS

FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES - F.I.T.

Distrito Río Negro

El Juzgado Federal con competencia electoral de Río Negro, hace saber que en los autos caratulados: "FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES - F.I.T. s/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL - Elecciones Primarias y Generales año 2017" expediente N° CNE 5282/2017, que tramita por ante este Tribunal se ha dictado la siguiente Resolución N° 15 "Viedma, 23 de junio de 2017. AUTOS Y VISTOS: Las presentes actuaciones caratuladas: "FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES - F.I.T. s/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL - Elecciones Primarias y Generales año 2017" que tramitan por el expte. N° CNE "5282", año 2017 de las que, RESULTA: Que a fs. 30/31 se presentan los Sres. Horacio Raúl Pastor, Norma Beatriz Ibañez y Leandro Martín Céspedes en el carácter de apoderados de los Partidos Obrero, La Izquierda de los Trabajadores e Izquierda por una Opción Socialista respectivamente y solicitan el reconocimiento de la alianza electoral transitoria Frente de Izquierda y de los Trabajadores y de su sigla F.I.T. en los términos del art. 10 de la Ley 23298, para participar en las elecciones nacionales convocadas por el Decreto Nacional Nº 227/2017. Que a fs. 62/64, teniéndose efectuada la solicitud dentro del plazo establecido en la norma precitada se inició el trámite de reconocimiento de la alianza electoral transitoria "FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES" acordada por los Partidos Obrero, La Izquierda de los Trabajadores y el partido Izquierda por una Opción Socialista para participar en las elecciones primarias del 13-08-2017 y en las generales del 22-10-2017, de acuerdo al acta de su constitución de fecha 14-06-2017 (fs. 1/3 vlta.) y su acta complementaria del 15-06-2017 (fs. 18) con sus Anexos "A" que contiene la Declaración programática y Plataforma Electoral sancionada (fs. 4/8 vlta.); Anexo "B" con el Reglamento Electoral de la Junta Electoral (fs. 9/13 vlta.) y Anexo "C" con el Acuerdo sobre Distribución de Fondos y Financieros (fs. 14/16 vlta.) y el Anexo "D" con el emblema de la alianza (fs. 17), documentación toda suscripta por los presentantes quienes ratificaron sus firmas bajo certificación de la actuaria en cada instrumento. Que en su consecuencia en el mismo despacho inicial se ordenó, a los efectos establecidos por los artículos 14 y 38 de la precitada norma legal, la notificación al Sr. Fiscal Federal Subrogante en su despacho y por cédula electrónica a los apoderados de los partidos políticos con reconocimiento provisorio y definitivo en el Distrito Río Negro, de la denominación y sigla F.I.T. o FIT y el emblema adoptado por la nueva entidad y su publicación con carácter de urgente por tres (3) días en el Boletín Oficial de la República Argentina. Que a fs. 65/66 obra el edicto confeccionado por Secretaría, con descripción de los atributos de los emblemas pretendidos, el cual quedó publicado en los ejemplares del Boletín oficial de la República Argentina Nºs 33648, 33649 y 33.650 del 19, 21 y 22 de junio de 2017, que se incorporaron a fs. 116, 117 y 120 respectivamente. Que ante el inminente vencimiento del plazo establecido en el art. 26 de la Ley 26571 para presentar listas de precandidatos, en el mismo proveído se fijó la fecha de la celebración de la audiencia que prescribe el art. 62 de la Ley 23298, para el miércoles 21 de junio, incorporándose a fs. 68/69 las constancias de libramientos de las cédulas electrónicas de convocatoria de los partidos políticos con reconocimiento provisorio y definitivo en el Distrito y a fs. 69 vta. la constancia de la notificación practicada en el despacho del Sr. Fiscal Federal Subrogante. Que por el sistema de Oficios DEO se comunicó a las demás Secretarías Electorales del país el número del expediente de inicio del trámite de reconocimiento de la alianza de autos, su integración y la fecha, hora y lugar fijados para la celebración de dicha audiencia, a los fines de su oportuna puesta en conocimiento de las agrupaciones políticas que pudieran tener algún interés legítimo para formular observaciones en ese acto (ver fs. 74/96). Que a fs. 43 se agregó la constancia de inmediata inscripción del presente trámite en el Sistema de Registro Nacional de Agrupaciones Políticas y a fs. 118 y vlta. el acta de fecha 21/06/2017 dando cuenta de la celebración de la audiencia prescripta por el referenciado art. 62, de la que surge que en el curso de ese comparendo verbal no se formularon oposiciones al reconocimiento pretendido por la entidad de marras, ni tampoco en relación a su nombre y emblema todos publicados y notificados previamente. Que en acreditación de los requisitos exigidos en los incisos del mencionado art. 10 del acta constitutiva de la alianza de autos e instrumentos anexos que forman parte integrante de la misma y los que la complementan, surge: 1) La constitución del domicilio central en la calle Guido 1080 de la Ciudad de Viedma. 2) La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR