Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, 8 de Abril de 2011, expediente P-386/10

Fecha de Resolución 8 de Abril de 2011

Poder Judicial de la Nación Expte. nº P-386/10.-

MIRANDA, M.L. psa. de infracción Ley 23.737-Arroyo Verde

-VEREDICTO/FUNDAMENTOS-

JF. R..-

modoro R., 08 de abril de 2011.

VISTA:

La constitución del tribunal con el fin de dar a conocer en la causa nº P–386/10, caratulada “MIRANDA,

M.L. psa. de infracción a la ley 23.737–Arroyo Verde”,

en trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Rawson,

el veredicto y los fundamentos de la audiencia celebrada el 29/3/11.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 115/120 el juez federal dictó

    el procesamiento sin prisión preventiva de M.L.M. en orden al delito de transporte de estupefacientes (art. 5, inc.

    c, último supuesto, ley 23.737 y 306, 307, 308, 312 y conncs. del C.P.P.N.), y el embargo de sus bienes por la suma de $ 500 (art.

    518, C.P.P.N.), decisión que la defensora oficial apeló a fs.

    122/125vta. concediéndose el recurso a fs. 126.

    II.-Que en esta instancia, a fs. 135, se celebró la audiencia establecida por el art. 454 del C.P.P.N.,

    compareciendo el defensor oficial de M., ocasión en la que asumió la posición reflejada en la grabación del audio registrado ese día.

  2. a) Que se atribuye a M.L.M. (17) la detentación de 65,9 gr. en total -64, 1 y 0,9 gr.-

    de material vegetal compacto con semillas correspondientes a plantas de cannabis sativa, en las que se comprobó la presencia de THC –aptos para preparar 131,8 cigarrillos de 0,5 gr. c/u-, hecho detectado a partir de las 13.30 hs. del 5/5/09 en el Puesto Caminero Arroyo Verde, a la altura del km. 1.315 de la ruta nacional n° 3, del D.. B., Pcia. del Chubut, al procederse al registro del colectivo en que la nombrado viajaba con destino a la ciudad de Trelew, Pcia. de Chubut en el marco de un Operativo Público de Prevención practicado sobre la ruta nacional n° 3 por personal del Escuadrón “Núcleo” de la Agrupación XIV “Chubut” de la Gendarmería Nacional conjuntamente con personal de la Fundación Barrera Zoófito Sanitaria Patagónica (FunBaPA).

    1. Que inspeccionado el interior de la unidad de transporte público de pasajeros de la empresa “Que Bus”,

    interno n° 4414, dominio EID 793, procedente de la Terminal de Retiro, ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino final R.,

    Pcia. de Chubut, el can detector de narcóticos “Abrojo FI 1150”

    adoptó una actitud especial (alteración y nerviosismo) al pasar a la altura de la butaca n° 33, como marcando al pasajero que ocupaba la misma.

    Que identificado el pasajero resultó ser M.L.M. (17), quien conforme la hoja de ruta aportada por la empresa de transporte viajaba desde la Terminal de la ciudad de La Plata con destino final la ciudad de Trelew, Pcia.

    de Chubut (fs. 12)

    Que lo expuesto motivó que los funcionarios actuantes en uso de las facultades conferidas por el art. 230 bis,

    del C.P.P.N., procedieran en primer lugar a controlar dicho asiento observando en unos...

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