Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 3 de Octubre de 2017, expediente FRE 007956/2017/8/CA002

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 Resistencia, a los CINCO días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.

Y VISTO:

El presente expediente registro Nº FRE 7956/2017/8/CA2, caratulado:

Legajo de Apelación en autos: G., X.; G., C.

y G., C. por Infracción Ley 23.737

proveniente del Juzgado Federal de

Resistencia Nº 1, del que; RESULTA:

  1. Que vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del

    recurso de apelación deducido oportunamente por los Dres. M. –

    en representación de X. G.–, M. –en defensa de

    1. y R. –en representación de C. (fs.

    84/90, 91/93 vta. y 94/102 respectivamente del presente legajo) contra el resolutorio de

    fecha 03 de agosto de 2017, obrante a fs. 76/82 vta., mediante el cual el a quo dispuso –

    OFICIAL en lo que aquí interesa el dictado de auto de procesamiento con prisión preventiva

    contra E. en orden al delito previsto y reprimido por el

    art. 5, inc. “c” de la Ley 23.737, con la agravante del art. 11, inc. “c” del mismo texto

    USO legal (transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas

    organizadas para cometerla); C. E. G. y CRISTINA

    GÓMEZ en orden al delito previsto y reprimido por el art. 5, inc. “c” de la Ley 23.737,

    con la agravante del art. 11, inc. “c” del mismo texto legal (tenencia de estupefacientes

    con fines de comercialización agravada por la intervención de tres o más personas

    organizadas para cometerla), ordenando mantener la detención domiciliaria que cumplen

    las dos últimas nombradas.

  2. Que la Jueza a quo reseña que las presentes actuaciones tuvieron

    comienzo en virtud de tareas de vigilancia llevadas a cabo por personal de Drogas

    Peligrosas de la Policía del Chaco, mediante las que tomó conocimiento que dos personas

    de la ciudad de Resistencia conocidos como G. (a) “Pelado” y Carlos

    Oviedo (a) “Carlitos”, quienes residirían en el mismo domicilio sito en Mza. 93 Pc. 5

    D.. 11 del Bº Malvinas Argentinas –que sería propiedad del último nombrado se

    dedicarían a la compra, venta y distribución de estupefacientes a diferentes centros de

    venta tanto en esta ciudad como de otras aledañas y que estarían por recibir un

    importante cargamento.

    Así, afirma, se pudo determinar que dicha distribución la realizarían en

    vehículos particulares o en remises, con la colaboración de mujeres que trasladarían las

    Fecha de firma: 05/10/2017 Alta en sistema: 06/10/2017 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A. , SECRETARIA DE CÁMARA #30328141#190071988#20171005122245336 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 sustancias tóxicas hacia los distintos puntos de venta, siendo alguno de éstos, las

    residencias de C. G. –ubicada en calle J. y Lagos Argentinos de la

    localidad de F. y la de una mujer conocida como “K.” Gauto domiciliada en

    calle Bahía Blanca Nº 90 de esta ciudad, detectándose de la vigilancia efectuada en los

    tres domicilios, movimientos característicos a la venta de estupefacientes.

    Que en fecha 26/05/2017 en horas de la noche se montó un operativo de

    vigilancia en el domicilio de Oviedo, donde se observó un automóvil marca FIAT,

    modelo UNO, color blanco, dominio MSC140, con un logo de “remis” estacionado

    detrás de la finca, y posteriormente se divisó el arribo de dos mujeres en motocicleta. En

    dicha oportunidad, una de ellas descendió del rodado e ingresó a la vivienda, retirándose

    al cabo de unos minutos con una caja de cartón, un bolso y una mochila, emprendiendo la

    marcha a bordo del motovehículo.

    Al proceder a su seguimiento, observaron que las mujeres ingresaron al

    OFICIAL domicilio de C. G., retirándose más tarde en la motocicleta, logrando el

    personal preventor su interceptación en Av. 25 de Mayo de esta ciudad, identificándose

    la conducta como X. González y su acompañante como Raquel Soledad

    Godoy. Al inspeccionar la caja, la mochila y el bolso que transportaban, se hallaron un

    USO total de 16 paquetes rectangulares, que del pesaje y prueba de campo dio positivo para

    marihuana con un total de 16.144 gramos y una balanza en funcionamiento. Ante esta

    situación, se procedió a la detención de las mujeres, el secuestro del estupefaciente, la

    motocicleta y demás elementos de interés para la causa.

    Continuando con las tareas de vigilancia de la finca sita en Bº Malvinas

    Argentinas, se constató que O. se retiró del lugar en el automóvil antes estacionado

    allí, procediéndose a su seguimiento y posterior detención y secuestro de dinero, un arma

    de fuego de 9 mm y cartuchos.

    En ese contexto y previa autorización judicial, se realizaron sendos

    allanamientos en los domicilios descriptos inicialmente, obteniendo como resultado, en

    primer lugar, de la morada de Oviedo y Obregón, el hallazgo de nueve (9) panes de

    marihuana totalizando 7.958 gramos, un picador, elementos con restos de estupefaciente

    y un celular; de la residencia de C. G. se secuestraron setenta y tres (73)

    envoltorios con un total de 32 gramos de cocaína, tres (3) envoltorios que arrojaron como

    resultado 5 gramos de marihuana, elementos con restos de sustancia estupefaciente,

    dinero y cuatro celulares; por último, de la vivienda de C. se incautaron doce

    (12) envoltorios conteniendo un total de 2.9 gramos de cocaína, dinero, un celular,

    elementos con restos de estupefaciente, un arma de fuego casera y efectos varios.

    Fecha de firma: 05/10/2017 Alta en sistema: 06/10/2017 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A. , SECRETARIA DE CÁMARA #30328141#190071988#20171005122245336 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 Luego de indagados, la Juzgadora analiza en forma individual la situación

    procesal de cada uno, procesa a los involucrados en orden al delito de transporte de

    estupefacientes con fines de comercialización en forma agravada por el número de

    partícipes para X. E. G. y R. S. G., y tenencia de

    estupefacientes con fines de comercialización con la misma agravante, para Catalina

    Elisabeth Gauto, C., G. y E. –en carácter

    de organizador a estos dos últimos nombrados.

  3. Que a fs. 84/90, la defensa técnica de X. González interpuso

    recurso de apelación, alegando que dicha resolución ha sido dictada sin elementos de

    convicción suficientes y que los que existen no tienen la identidad requerida por el art.

    306 del CPPN. Asimismo, sostiene que la falta de acreditación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR